5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/200-82)
Anuncio de 11 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Málaga, relativo a la concesión de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, convocadas por Orden de 30 de octubre de 2018, (BOJA núm 211, de 31 de octubre), y reguladas por la Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm 203, de 19 de octubre).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 200 - Martes, 18 de octubre de 2022

página 16204/2

Quinto. De conformidad con lo previsto en la base decimosegunda de las bases
reguladoras, tienen entrada en esta Delegación Territorial las solicitudes que se
relacionan en los anexos que acompañan a la presente propuesta.
Sexto. Examinadas las solicitudes presentadas que se relacionan en el anexo adjunto
y realizadas las verificaciones oportunas, se comprueba que los solicitantes cumplen los
requisitos para ser beneficiarios de la ayuda de acuerdo con la base quinta del mismo
texto normativo, y según lo establecido en la base decimocuarta el complemento de
especial vulnerabilidad complementó la ayuda hasta alcanzar la disponibilidad prevista
de fondos autonómicos en la convocatoria.
Séptimo. Se dictan resoluciones que constan en las publicaciones realizadas en
BOJA y en las contenidas en la página web de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda, donde se indica que «la ayuda para el alquiler de vivienda habitual a
las personas en situación de especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes,
en la Comunidad Autónoma de Andalucía, programa General Grupo 1, a las personas
relacionadas en el anexo que se acompaña, correspondiente al 40% de acuerdo con los
períodos subvencionables e importes que se indican en dicho anexo. En los casos que
proceda, se recogen los complementos para mayores de 65 años correspondiente al 50%;
o para personas en situación de vulnerabilidad, pudiendo llegar en este caso al 75%.»
Octavo. Con posterioridad, se han dictado resoluciones desestimadas (por no
reunir los requisitos), anuladas, duplicadas, desistidas (por no aportar documentación
requerida), inadmitidas (por presentación fuera de plazo) y modificatorias (por renuncia
al contrato de alquiler, defunción, disminución de la renta, etc), lo que ha provocado una
liberación de crédito disponible.
Noveno. La base decimocuarta contempla, que en el caso de solicitudes que no
hayan podido tramitarse conforma a la opción preferente señalada por agotamiento de
crédito y en el caso de que puedan liberarse sobrantes en la línea preferente, que puedan
finalmente concederse en la línea inicialmente solicitada. Y la base octava establece la
posibilidad de realizar resoluciones complementarias en el caso de incremento del crédito.
Décimo. Al amparo de la Instrucción de la Secretaría General de Vivienda de 13
de abril de 2020, sobre la tramitación de la presente convocatoria durante el período
de alarma, para mayor eficacia administrativa, se efectúa la agrupación en un único
procedimiento de distintos expedientes por tratarse de la notificación de un mismo trámite,
incluyéndose los datos de cada beneficiario en los anexos que se adjuntan.
Y de conformidad con los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La competencia para realizar la presente resolución corresponde a esta
Delegación Territorial, de acuerdo con la base decimoprimera de las bases reguladoras,
y en relación con el Decreto 342/2012 de 31 de julio, modificado por el Decreto 32/2019
de 5 de febrero (BOJA núm. 28 de 11 de febrero), por el que se regula la organización
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269470

Primero. Orden de 17 de octubre de 2018 (BOJA núm. 203, de 19 de octubre), por la
que se aprueban las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia
no competitiva, de ayudas para el alquiler de vivienda habitual a personas en situación de
especial vulnerabilidad, con ingresos limitados y a jóvenes, en la Comunidad Autónoma
de Andalucía para el alquiler convocadas por la Orden de 30 de octubre de 2018.