Autoridades y personal. Universidades. (2022/199-60)
Resolución de 10 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se da publicidad a la de 5 de octubre de 2022, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala de Gestión Universitaria, por el sistema de concurso-oposición, en desarrollo de la oferta de empleo público aprobada en Consejo de Gobierno, de 3 de noviembre de 2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Lunes, 17 de octubre de 2022

página 16042/2

de enero, los Estatutos de la UNIA, aprobados por Decreto 236/2011, de 12 de julio, y
demás normas concordantes y de desarrollo que le sean de aplicación.
1.3. El proceso selectivo, que se llevará a cabo mediante el sistema de concursooposición, constará de una fase de oposición y otra fase de concurso, con las pruebas,
puntuaciones y méritos que se especifican en el Anexo I de esta resolución.
1.4. El programa de materias que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura
en el Anexo II de esta resolución.
1.5. Todas las publicaciones y comunicaciones referidas a esta convocatoria se
realizarán en la dirección web https://www.unia.es/es/rrhh/tablon-de-anuncios.

3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en el proceso selectivo deberán hacerlo constar en
el modelo de solicitud que se encuentra disponible en la web
https://www.unia.es/es/rrhh/tablon-de-anuncios.
3.2. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española y tengan
derecho a participar deberán adjuntar una fotocopia del documento que acredite su
nacionalidad y, en su caso, los documentos que acrediten el vínculo de parentesco y el de
dependencia o estar a cargo del nacional de otro Estado con el que tengan dicho vínculo.
Asimismo, deberán acreditar mediante declaración jurada o promesa, debidamente
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269311

2. Requisitos de las personas aspirantes.
2.1. Para ser admitidas a la realización de las pruebas selectivas, las personas
deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1. Ser españolas o nacionales de un Estado miembro de la Unión Europea o
nacional de aquellos Estados, a los que en virtud de Tratados Internacionales celebrados
por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de
trabajadores en los términos en que esta se halla definida en el artículo 57 del texto
refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, así como a su cónyuge, siempre que
no estén separados de derecho, a sus descendientes y descendientes del citado cónyuge
cuando sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España.
2.1.2. Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación
legalmente establecida.
2.1.3. Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes el título de Diplomado/a Universitario/a, Ingeniero/a
Técnico/a, Arquitecto/a Técnico/a, Grado o titulación equivalente. Las titulaciones
obtenidas en el extranjero deberán justificarse con la documentación que acredite su
homologación.
2.1.4. No padecer enfermedad ni estar afectada por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.1.5. No haber sido separada, mediante expediente disciplinario del servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo
o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separada o inhabilitada. En el caso de
ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitada o en situación equivalente ni haber
sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los
mismos términos el acceso al empleo público.
2.2. Todos los requisitos enumerados en la base 2.1 deberán poseerse en el día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerlos hasta el momento de
la toma de posesión como funcionaria de carrera.