Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/199-7)
Extracto de la Orden de 6 de octubre de 2022, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a entidades locales en materia de accesibilidad, Andalucía + Accesible, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad y en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) -financiado por la Unión Europea-, NextGenerationEU, y se efectúa su convocatoria en el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 199 - Lunes, 17 de octubre de 2022

página 16160/2

Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una
resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que,
aún cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del
mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del Decreto 282/2010, de 4
de mayo, por que el se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de concesión de
subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sexto. Solicitudes y lugar de presentación.
1. Las solicitudes irán dirigidas a las personas indicadas en el apartado 10.b) del
cuadro resumen aprobado mediante esta Orden.
2. Las solicitudes anteriores podrán presentarse en los lugares indicados en el
apartado 10.c) del cuadro resumen. Las solicitudes indicadas se presentarán en el
registro electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección
electrónica: https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/accesoDirecto/CIPS/
Séptimo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles a contar desde el día
siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del presente
extracto.
Octavo. Otros datos.
Tanto la citada solicitud (Anexo I) como el formulario de alegaciones, aceptación,
reformulación y presentación de documentos (Anexo II) y la ficha de reformulación del
proyecto (Anexo III), a los que se refieren las bases reguladoras, se podrán obtener en la
siguiente url:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/24984.html
Dichos formularios, igualmente disponibles en el Catálogo de Procedimientos y
Servicios (RPS): 24984, se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, junto
a la convocatoria. De conformidad con el artículo 12.9 del Decreto 622/2019, de 27 de
diciembre, esta publicación es únicamente a efectos informativos.
Sevilla.MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias
e Igualdad

ANEXO I

PERSONAS
BENEFICIARIAS

OBJETO

IMPORTE

a) Municipios, a través de sus respectivos Ayuntamientos.
b) Provincias, a través de sus respectivas Diputaciones.
c) Mancomunidades de Municipios.
d) Agencias Públicas Administrativas Locales.
e) Entidades Locales Autónomas.
Promover la accesibilidad universal mediante la financiación de proyectos de inversión a entidades
locales que tengan como finalidad otorgar soluciones de accesibilidad así como la eliminación de barreras
arquitectónicas y urbanísticas en edificaciones, instalaciones y equipamientos y espacios públicos
urbanizados en sus términos o ámbitos específicos, permitiendo su uso o prestando servicio a todas las
personas, con independencia de cuáles sean sus capacidades funcionales y garantizando la igualdad de
oportunidades de las personas con discapacidad.
El importe de la subvención se concretará por la Comisión de Evaluación, estableciéndose una cuantía
mínima de 100.000,00 euros, en los términos previstos en el apartados 5.a) y 5.b) del cuadro resumen de la
presente línea.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269430

Denominación de la Línea: Subvenciones a entidades locales en materia de accesibilidad, Andalucía + Accesible, en el marco del
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) –Financiado por la Unión Europea–, NextGenerationEU