3. Otras disposiciones. Cámara de Cuentas de Andalucía. (2022/198-41)
Resolución de 6 de octubre de 2022, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada). 2019.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16012/4
1. INTRODUCCIÓN
1.
El Pleno de la CCA acordó incluir en el Plan de Actuaciones para el año 2020 la realización de un
informe denominado “Fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del
Ayuntamiento de Almuñécar”.
2.
La fiscalización se ha diseñado para efectuar una auditoría financiera y de cumplimiento de
legalidad correspondiente al ejercicio 2019.
En el aspecto financiero, se ha configurado la actuación para emitir una opinión, en términos de
seguridad razonable, sobre si la liquidación del presupuesto de gastos ha sido preparada, en
todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco normativo de información
financiera que resulta de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables
contenidos en el mismo.
En el aspecto relativo al cumplimiento de legalidad, el objetivo general se basa en emitir una
opinión sobre el cumplimiento, en todos los aspectos significativos, de la normativa que resulte
de aplicación a la entidad fiscalizada en las áreas incluidas en el alcance material y que son las
siguientes: estructura organizativa y entes dependientes; presupuesto general, liquidación y
Cuenta General; modificaciones presupuestarias; control interno; personal; gastos
presupuestarios; deudas con acreedores ordinarios y deudas con administraciones públicas. El
marco normativo que resulta de aplicación se detalla en el Apéndice 7.1. de este informe.
Además, en la fiscalización financiera se ha incorporado un apartado denominado “Otras
consideraciones que no afectan a la opinión” que incluye las incorreciones materiales en materia
financiera no relacionadas con la liquidación del presupuesto, pero incluidas en el ámbito
objetivo del informe. En aquellos casos en los que las incorreciones no fuesen materiales, se
incluirán también en el Apéndice 7.2.
3.
Almuñécar es un municipio que se encuentra situado en la provincia de Granada, cuenta con una
población estimada, según datos recogidos del padrón municipal a 1 de enero de 2019 de 26.514
habitantes, siendo su superficie de 83,3 Km2, lo cual supone una densidad de población de
318,29 habitantes por Km2.
En el ejercicio fiscalizado la Corporación estaba formada por la Alcaldesa y 20 concejales. La Junta
de Gobierno local está integrada, además de por la alcaldesa, por 7 concejales.
• Primer Teniente (Tte.) de Alcaldesa: Concejal delegado en Participación Ciudadana,
Mantenimiento y Obras Públicas; Empleo y Juventud.
• Segundo Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado en Urbanismo, Ingeniería e Infraestructuras.
• Tercer Tte. de Alcaldesa: Tte. de Alcalde de la Herradura y Presidencia.
• Cuarto Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Salud.
• Quinto Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado Agricultura, Medio Ambiente y Deportes.
• Sexto Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado Turismo, Playas y Educación.
• Séptimo Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado en Hacienda, Recursos Humanos y
Organización Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269265
Se designaron 7 tenientes de alcaldesa con las siguientes delegaciones especiales:
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16012/4
1. INTRODUCCIÓN
1.
El Pleno de la CCA acordó incluir en el Plan de Actuaciones para el año 2020 la realización de un
informe denominado “Fiscalización financiera y de cumplimiento de determinadas áreas del
Ayuntamiento de Almuñécar”.
2.
La fiscalización se ha diseñado para efectuar una auditoría financiera y de cumplimiento de
legalidad correspondiente al ejercicio 2019.
En el aspecto financiero, se ha configurado la actuación para emitir una opinión, en términos de
seguridad razonable, sobre si la liquidación del presupuesto de gastos ha sido preparada, en
todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco normativo de información
financiera que resulta de aplicación y, en particular, con los principios y criterios contables
contenidos en el mismo.
En el aspecto relativo al cumplimiento de legalidad, el objetivo general se basa en emitir una
opinión sobre el cumplimiento, en todos los aspectos significativos, de la normativa que resulte
de aplicación a la entidad fiscalizada en las áreas incluidas en el alcance material y que son las
siguientes: estructura organizativa y entes dependientes; presupuesto general, liquidación y
Cuenta General; modificaciones presupuestarias; control interno; personal; gastos
presupuestarios; deudas con acreedores ordinarios y deudas con administraciones públicas. El
marco normativo que resulta de aplicación se detalla en el Apéndice 7.1. de este informe.
Además, en la fiscalización financiera se ha incorporado un apartado denominado “Otras
consideraciones que no afectan a la opinión” que incluye las incorreciones materiales en materia
financiera no relacionadas con la liquidación del presupuesto, pero incluidas en el ámbito
objetivo del informe. En aquellos casos en los que las incorreciones no fuesen materiales, se
incluirán también en el Apéndice 7.2.
3.
Almuñécar es un municipio que se encuentra situado en la provincia de Granada, cuenta con una
población estimada, según datos recogidos del padrón municipal a 1 de enero de 2019 de 26.514
habitantes, siendo su superficie de 83,3 Km2, lo cual supone una densidad de población de
318,29 habitantes por Km2.
En el ejercicio fiscalizado la Corporación estaba formada por la Alcaldesa y 20 concejales. La Junta
de Gobierno local está integrada, además de por la alcaldesa, por 7 concejales.
• Primer Teniente (Tte.) de Alcaldesa: Concejal delegado en Participación Ciudadana,
Mantenimiento y Obras Públicas; Empleo y Juventud.
• Segundo Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado en Urbanismo, Ingeniería e Infraestructuras.
• Tercer Tte. de Alcaldesa: Tte. de Alcalde de la Herradura y Presidencia.
• Cuarto Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado Políticas Sociales, Familia, Igualdad y Salud.
• Quinto Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado Agricultura, Medio Ambiente y Deportes.
• Sexto Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado Turismo, Playas y Educación.
• Séptimo Tte. de Alcaldesa: Concejal delegado en Hacienda, Recursos Humanos y
Organización Administrativa.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
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Se designaron 7 tenientes de alcaldesa con las siguientes delegaciones especiales: