3. Otras disposiciones. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/198-32)
Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Investigación e Innovación, por la que se publica el Convenio entre la Consejería de Universidades, Investigación e Innovación y la Universidad de Cádiz, para la concesión de una subvención nominativa para la financiación de la construcción y mantenimiento de destino del Centro de Innovación UCA-SEA, en la zona norte del Llano Amarillo, del Puerto de Algeciras, en el marco de la Inversión Territorial Integrada de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16035/8
previstas en dicha Ley, sin perjuicio de los plazos que puedan establecer las entidades locales en
ejercicio de su autonomía.
Todos los costes y responsabilidades económicas derivadas de la concesión administrativa del uso
del suelo público portuario, tasas de ocupación privativa, tasas de actividad o penalizaciones
económicas derivadas del incumplimiento de las obligaciones impuestas en el Pliego regulador de
la concesión serán de cuenta de la Universidad de Cádiz.
Dedicar el edificio al uso y objeto previsto en el presente Convenio, así como asumir los gastos
necesarios para el buen uso del mismo, incluidos impuestos y contribuciones durante un período
de cinco (5) años . Si el bien no fuera destinado al uso previsto, o se produjera una resolución de la
concesión administrativa que impidiera dedicar el edificio al uso y objeto previsto en el Convenio,
por causas imputables a la Universidad de Cádiz , procederá la apertura de expediente de reintegro
a la entidad beneficiaria cuya resolución, previa audiencia de la entidad interesada, podrá dar lugar
a la devolución de todo o parte de la cantidad financiada, conforme a lo establecido en la Cláusula
Decimotercera.
La entidad beneficiaria tiene la obligación de informar sobre el nivel de logro del indicador de
productividad asociado al proyecto (C025 “Número de investigadores que trabajan en instalaciones
de infraestructuras de investigación mejoradas”, cuya unidad de medida es “Trabajadores
equivalentes a tiempo completo ETC”), conforme a las indicaciones del Anexo III del presente
Convenio.
Dar cumplimiento al resto de obligaciones establecidas en el Anexo II, Documento que establece
las condiciones de la Ayuda (DECA), que se traslada a los beneficiarios en cumplimiento del artículo
125.3.c del Reglamento (UE) de Disposiciones Comunes 1303/2013, de diciembre de 2013.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 116.2 del texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en
el artículo 34.4 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, la Universidad de Cádiz ha
acreditado que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, así como que no tiene deudas en periodo ejecutivo por cualquier otro ingreso de derecho
público de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. La Universidad de Cádiz declara no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3
de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, de acuerdo al artículo 13.7 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
Cuarta. Financiación, forma y secuencia de pagos
En el marco de sus competencias, la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades subvenciona las actuaciones derivadas del presente Convenio, otorgando a la Universidad de
Cádiz una subvención nominativa por importe de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL euros (4.500.000,00
euros), IVA excluido, y condicionada a la existencia de dotación económica de Fondos Europeos.
Pág. 7 de 32
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269303
Esta subvención se enmarca dentro del programa 54A “Investigación Científica e Innovación” y fondos
cofinanciados con el Programa Operativo FEDER de Andalucía 20142020, dentro del Objetivo Específico 1
«Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación» y de la programación financiera de la
medida A1112058E0 «INFRAESTRUCTURAS I+I PÚBLICAS», financiación recogida en el Anexo de Inversiones
de la Consejería con el código de proyecto 2022000063. La Unión Europea contribuye a la financiación de la
actividad de este proyecto con un ochenta por ciento (80 %) de su importe.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 198 - Viernes, 14 de octubre de 2022
página 16035/8
previstas en dicha Ley, sin perjuicio de los plazos que puedan establecer las entidades locales en
ejercicio de su autonomía.
Todos los costes y responsabilidades económicas derivadas de la concesión administrativa del uso
del suelo público portuario, tasas de ocupación privativa, tasas de actividad o penalizaciones
económicas derivadas del incumplimiento de las obligaciones impuestas en el Pliego regulador de
la concesión serán de cuenta de la Universidad de Cádiz.
Dedicar el edificio al uso y objeto previsto en el presente Convenio, así como asumir los gastos
necesarios para el buen uso del mismo, incluidos impuestos y contribuciones durante un período
de cinco (5) años . Si el bien no fuera destinado al uso previsto, o se produjera una resolución de la
concesión administrativa que impidiera dedicar el edificio al uso y objeto previsto en el Convenio,
por causas imputables a la Universidad de Cádiz , procederá la apertura de expediente de reintegro
a la entidad beneficiaria cuya resolución, previa audiencia de la entidad interesada, podrá dar lugar
a la devolución de todo o parte de la cantidad financiada, conforme a lo establecido en la Cláusula
Decimotercera.
La entidad beneficiaria tiene la obligación de informar sobre el nivel de logro del indicador de
productividad asociado al proyecto (C025 “Número de investigadores que trabajan en instalaciones
de infraestructuras de investigación mejoradas”, cuya unidad de medida es “Trabajadores
equivalentes a tiempo completo ETC”), conforme a las indicaciones del Anexo III del presente
Convenio.
Dar cumplimiento al resto de obligaciones establecidas en el Anexo II, Documento que establece
las condiciones de la Ayuda (DECA), que se traslada a los beneficiarios en cumplimiento del artículo
125.3.c del Reglamento (UE) de Disposiciones Comunes 1303/2013, de diciembre de 2013.
2. De conformidad con lo establecido en el artículo 116.2 del texto refundido de la Ley General de la
Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y en
el artículo 34.4 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración
de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, la Universidad de Cádiz ha
acreditado que se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la
Seguridad Social, así como que no tiene deudas en periodo ejecutivo por cualquier otro ingreso de derecho
público de la Administración de la Junta de Andalucía.
3. La Universidad de Cádiz declara no hallarse incurso en las circunstancias previstas en el artículo 13.2 y 3
de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre, de acuerdo al artículo 13.7 de la Ley
38/2003, de 17 de noviembre.
Cuarta. Financiación, forma y secuencia de pagos
En el marco de sus competencias, la Consejería de Transformación Económica, Industria, Conocimiento y
Universidades subvenciona las actuaciones derivadas del presente Convenio, otorgando a la Universidad de
Cádiz una subvención nominativa por importe de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL euros (4.500.000,00
euros), IVA excluido, y condicionada a la existencia de dotación económica de Fondos Europeos.
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Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00269303
Esta subvención se enmarca dentro del programa 54A “Investigación Científica e Innovación” y fondos
cofinanciados con el Programa Operativo FEDER de Andalucía 20142020, dentro del Objetivo Específico 1
«Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación» y de la programación financiera de la
medida A1112058E0 «INFRAESTRUCTURAS I+I PÚBLICAS», financiación recogida en el Anexo de Inversiones
de la Consejería con el código de proyecto 2022000063. La Unión Europea contribuye a la financiación de la
actividad de este proyecto con un ochenta por ciento (80 %) de su importe.