Autoridades y personal. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/198-20)
Resolución de 11 de octubre de 2022, de la Dirección General del Profesorado y Gestión de Recursos Humanos, por la que se convoca concurso de traslados del personal funcionario de carrera de los Cuerpos de Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, de Profesores Técnicos de Formación Profesional, de Catedráticos y de Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, de Catedráticos y Profesores de Música y Artes Escénicas, de Catedráticos, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros, para la provisión de puestos de trabajo en centros docentes públicos.
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Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa
Secretaría General Técnica

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Hoja 31de
de 163
Número 198 - Viernes, 14 de octubre
2022

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA: CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORGANISMO: DIRECCIÓN GENERAL DEL PROFESORADO Y GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

MÉRITOS

VALORACIÓN

página 16140/25

DOCUMENTOS JUSTIFICATIVOS

- Los servicios aludidos en los subapartados 1.2.2 y 1.2.3 no serán tenidos en cuenta en los años en que fueran
simultáneos entre sí o con los servicios de los subapartados 1.1.1 o 1.1.2.
- A los efectos de los subapartados 1.1.1, 1.1.2, 1.2.1, 1.2.2 y 1.2.3, serán computados los servicios que se hubieran
prestado en situación de servicios especiales, expresamente declarados como tales en los apartados previstos en
el artículo 87 del TRLEBEP, así como las situaciones de idéntica naturaleza establecidas por disposiciones
anteriores a la citada Ley. Igualmente, serán computados, a estos efectos, el tiempo de excedencia por cuidado de
familiares, declarada de acuerdo con el artículo 89.4 del citado TRLEBEP, que no podrá exceder de tres años.
2. Pertenencia a los Cuerpos de Catedráticos
Por ser personal funcionario de carrera de los
Cuerpos de Catedráticos de Enseñanza
Secundaria, de Música y Artes Escénicas, de
Escuelas Oficiales de Idiomas y de Artes Plásticas
y Diseño: ……......…………………………………..

5,0000 puntos

Hoja de servicios expedida por la
Administración educativa competente
donde conste la pertenencia al
Cuerpo de Catedráticos o copia del
título administrativo o credencial o,
en su caso, el Boletín o Diario Oficial
en el que aparezca su nombramiento.

3. Méritos académicos
A los efectos de su valoración por este apartado,
únicamente se tendrán en cuenta los títulos con
validez oficial en el Estado español. (Ver
disposición complementaria tercera).
3.1.
Doctorado,
extraordinarios:

postgrados

y

MÁXIMO
10 PUNTOS

premios

5,0000 puntos

00269405

3.1.1. Por tener el Doctorado..............................

Copia del título o certificación del
abono de los derechos de expedición
del titulo o certificado supletorio de la
titulación, expedidos de acuerdo con
lo previsto, en su caso, en la Orden de
8 de julio de 1988 para la aplicación
de los Reales Decretos 185/1985, de
23 de enero, y 1496/1987, de 6 de
noviembre, en materia de expedición
de títulos universitarios oficiales (BOE
del 13), en la Orden ECI/2514/2007, de
13 de agosto, sobre expedición de
títulos universitarios oficiales de
Máster y Doctor (BOE del 21) o en el
Real Decreto 1002/2010, de 5 de
agosto, sobre expedición de títulos
universitarios oficiales (BOE de 6 de
agosto).

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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