3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/197-22)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Baloncesto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Jueves, 13 de octubre de 2022

página 15951/17

Artículo 33. Uso de contraseñas o claves de acceso y acceso remoto.
1. El usuario no podrá comunicar ni compartir con otra persona el identificador
de usuario y la clave de acceso al sistema, ni siquiera con empleados de servicios
externos de asistencia técnica. Salvo prueba en contrario, se presumirá que la actividad
desarrollada con dicho identificador y clave de acceso ha sido realizada por el titular de
los mismos, asumiendo éste la responsabilidad laboral, civil o penal que pueda derivarse
de su uso.
2. Si el usuario sospecha que otra persona conoce sus datos de identificación y
acceso, deberá ponerlo en conocimiento de la Secretaria General, y crear una nueva
clave de acceso.
3. En la gestión y uso de las contraseñas, se han de seguir las siguientes pautas:
a) La contraseña deberá tener la extensión y complejidad que establezca en cada
momento la Secretaria General.
b) Deberán evitarse contraseñas de fácil intuición, que incluyan la utilización de
palabras comunes, nombre del usuario, familiares, teléfonos, fechas de aniversario,
matrículas de coche, repeticiones de un único carácter o cualquier otra palabra fácilmente
deducible.
c) Se deben crear nuevas contraseñas y evitar reutilizar contraseñas antiguas. En
este sentido, la contraseña de acceso caducará como máximo a los ciento ochenta (180)
días, debiendo ser modificada, también, en el momento de realizar el primer acceso al
sistema.
Cuando el sistema no tenga la posibilidad de forzar el cambio de la contraseña en
la primera conexión, o bien la fecha de caducidad, será responsabilidad del usuario su
cambio.
d) No se deben conservar anotaciones de contraseñas en ningún documento en
papel, agendas personales, etc.
4. En el caso de vacaciones, baja laboral o ausencia temporal del trabajador, incluidos
los periodos fuera del horario laboral, el Director o responsable del Área o Departamento
al que esté adscrito el usuario ausente, podrá adoptar excepcionalmente y siempre que
esté justificado por motivos profesionales las siguientes medidas:
a) Solicitar al Responsable de Seguridad la creación de una clave o acceso temporal
que permita el acceso a los documentos de trabajo, al ordenador, directorios del servidor
y al correo electrónico del trabajador ausente. El uso de esta clave se limitará a garantizar
la continuidad del trabajo iniciado por el usuario ausente, y en todo caso, cuando éste se
reincorpore, la clave temporal deberá ser anulada.
b) Solicitar al usuario ausente o al Administrador de Sistemas la configuración de un
mensaje de respuesta automática en el correo electrónico, comunicando los datos de la
persona que sustituya al usuario ausente.
c) Solicitar al administrador de sistemas el desvío de los mensajes entrantes hacia
otra/s cuenta/s de correo electrónico.
5. Las claves de acceso de los usuarios que por cualquier motivo causen baja en la
Federación quedarán sin efecto el mismo día en que se produzca la baja. Asimismo, en
aquellos supuestos en los que los órganos de Dirección de la Federación lo consideren
necesario, la cancelación o suspensión de la clave de acceso podrá producirse antes de
la fecha prevista para la baja efectiva.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269220

Federación, que el Departamento de Informática y Comunicaciones haya provisto
al usuario, quedando expresamente prohibida la utilización de equipos o soportes
informáticos particulares.
f) Ante cualquier pérdida, hurto o robo de cualquier dispositivo móvil deberá actuarse
conforme a lo previsto en este título.