3. Otras disposiciones. Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. (2022/197-22)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Sistemas y Valores del Deporte, por la que se dispone la publicación del Código de Buen Gobierno de la Federación Andaluza de Baloncesto.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Jueves, 13 de octubre de 2022

página 15951/10

Artículo 22. Del procedimiento de compras.
1. El encargado de compra, o usuario, en el momento que detecte una necesidad,
solicitará autorización a su responsable de departamento para la tramitación de esta.
2. Una vez obtenida la autorización, solicitará como mínimo 2 o 3 ofertas a
proveedores, documentando en todo momento el proceso de elección de uno u otro.
3. Todos los pedidos tramitados por los encargados de compras serán siempre
autorizados, por su responsable de área, a través de los procesos de autorización
específicos establecidos o que se puedan establecer.
4. La Solicitud de compra en estado borrador será formalizada con la conversión en
Pedido. Se deberá guardar una copia del formulario de pedido.
5. El departamento contable recibirá, paralelamente, la factura por parte del proveedor,
y procederá con su registro y pago, en la forma convenida.
6. La elección del proveedor:
Si bien la contratación por la FAB debe aproximarse en la medida de lo posible a
los principios fundamentales de publicidad y libre concurrencia, no cabe duda de que
en un buen número de casos nos podremos encontrar con criterios relevantes para la
elección de un determinado proveedor que pudieran ser difíciles de reflejar en el precio
de la oferta, por ejemplo:
a) La capacidad del proveedor para atender a nuestros requisitos de cantidad y de
calidad.
b) Las condiciones de embalaje y transporte para determinados artículos.
c) El servicio postventa.
d) Las condiciones de pago que pudiera imponer el proveedor.
e) La posesión de un certificado determinado, que pudiera ser preciso en algunos
casos.
7. Después de comprar.
Una vez realizado el objeto de la compra o prestado el servicio, si ello se ha
conseguido a entera satisfacción de la FAB, el respectivo responsable del pedido
deberá dar la conformidad a lo realizado sobre la base de la factura, que le remitirá el
departamento de Contabilidad, junto con el documento hábil para ello, que puede ser
sustituido por un cajetín de conformidad estampado en la factura.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00269220

En todo caso, deben respetarse los criterios de economía y racionalidad en el gasto,
teniendo siempre en cuenta el superior interés del cumplimiento presupuestario de la
federación.
Se establece como criterio de actuación general la solicitud, con carácter previo a la
adquisición o contratación, de un mínimo de tres ofertas en los siguientes casos:
a) Las adquisiciones de bienes de inversión que superen unitariamente los 30.000 euros.
b) La compra o suministro de bienes o la contratación de prestaciones de servicios
que superen los 12.000 euros.
Toda compra de bien o contratación de servicio realizados a un mismo proveedor y
por el mismo concepto ha de ser objeto de una única propuesta para el ejercicio anual, no
pudiendo fraccionarse el importe de la misma en varias propuestas con el fin de ajustarse
a los límites cuantitativos definidos anteriormente.
Toda solicitud de compra de bien o contratación de servicio será justificada con
carácter previo a la formalización del compromiso de compra o contratación por el
Director de Área solicitante, que deberá emitir un informe razonado de la necesidad.
Es necesario, al calcular el coste de cada adquisición o servicio a contratar, incluir el
importe de todos los posibles gastos complementarios de instalación, transporte, seguro,
aranceles, y el IVA, si los hubiere.
Todos los gastos deben venir incluidos en el presupuesto u oferta de la empresa.