Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/197-15)
Resolución de 7 de octubre de 2022, de la Dirección General de Recursos Humanos y Función Pública, por la que se ofertan vacantes al personal aspirante seleccionado en las pruebas selectivas, por el sistema de acceso libre, para ingreso en el Cuerpo Superior Facultativo, especialidad Investigación Agraria y Pesquera, de la Junta de Andalucía (A1.2200), correspondiente a la Oferta de Empleo Público 2017 y 2018.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 197 - Jueves, 13 de octubre de 2022

página 15904/2

DÍA

HORA

24 OCTUBRE DE 2020

13.00

TÉCNICO ESPECIALISTA

CATEGORÍA

ALIMENTACIÓN Y SALUD

ÁREA TEMÁTICA

24 OCTUBRE DE 2020

13:00

TÉCNICO ESPECIALISTA

ACUICULTURA Y RECURSOS MARINOS

24 OCTUBRE DE 2020

13:00

TÉCNICO ESPECIALISTA

AGRICULTURA Y MEDIO AMBIENTE

24 OCTUBRE DE 2020

13:00

TÉCNICO ESPECIALISTA

INGENIERÍA Y TECNOLOGÍA AGROALIMENTARIA

En la comparecencia, el personal aspirante deberá acudir provisto de la petición de
destino, conforme al modelo de formulario que se publica como Anexo II de la presente
resolución, debidamente cumplimentado y firmado, así como de la documentación
relacionada en el apartado 4 de la base novena de la resolución de convocatoria,
debiéndose respecto del documento indicado en la letra b) aportarse copia electrónica
auténtica del título académico oficial o, en su defecto, copia del mismo acompañada del
documento obtenido a través de la «Consulta de Títulos Universitarios Oficiales» en la
sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional, y respecto de
la declaración responsable a la que hace referencia la letra c), utilizarse el modelo que
figura en el Anexo II-A de la presente resolución.
Asimismo, el personal aspirante con discapacidad deberá aportar certificado
expedido por la Consejería de la Junta de Andalucía competente en la materia, o en
su caso del Instituto Nacional de Seguridad Social, en el que conste su capacidad
para el desempeño de las funciones correspondientes al Cuerpo Superior Facultativo,
especialidad Investigación Agraria y Pesquera, de la Junta de Andalucía.
3. El personal aspirante que tuviera la condición de funcionario de carrera y aquellos
otros que estuvieran prestando servicios en la Junta de Andalucía, estarán exentos
de justificar documentalmente las condiciones y los requisitos ya acreditados para
obtener su anterior nombramiento, siempre que hubieran sido inscritos en el Registro
General de Personal de la Junta de Andalucía. El personal funcionario de carrera de
otras Administraciones deberá presentar únicamente certificación del organismo
de procedencia, acreditando su condición y demás circunstancias que consten en
su expediente personal, siempre que de lo consignado en él mismo, se evidencie el
cumplimiento de los requisitos exigidos para ingreso en el Cuerpo, requiriéndose en caso
contrario, su acreditación documental.

Tercero. 1. Los destinos se adjudicarán al personal aspirante seleccionado en las
respectivas pruebas, de acuerdo con la puntuación total obtenida en el proceso selectivo,
de acuerdo con el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo, siempre que
reúnan los requisitos objetivos determinados para cada puesto en la Relación de Puestos
de Trabajo.
2. Conforme dispone el artículo 25 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, los destinos
adjudicados tendrán carácter definitivo de ocupación, al tratarse de puestos de trabajo de
nivel básico.
3. Al personal aspirante que no haya solicitado suficientes puestos de trabajo en
relación con el número de orden obtenido en el proceso selectivo, le será adjudicado de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Segundo. En atención a las prioridades funcionales de los servicios de esta
Administración, las vacantes ofertadas son las que figuran en el Anexo I de la presente
resolución, no resultando necesario realizar una oferta diferenciada para el turno de
personas con discapacidad dado que, conforme a lo establecido en el apartado 1.1 de
la base octava de la resolución de convocatoria, no se ha solicitado, dentro del plazo,
ninguna adaptación que la requiera. Por lo tanto, queda garantizado el cumplimiento de
lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 93/2006, de 9 de mayo, por el que se regula
el ingreso, la promoción interna y la provisión de puestos de trabajo de personas con
discapacidad en la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía.