5. Anuncios. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/197-34)
Anuncio de 29 de septiembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, sobre el pago de expedientes de expropiación forzosa que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 197 - Jueves, 13 de octubre de 2022

página 15943/1

5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Anuncio de 29 de septiembre de 2022, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Almería, sobre el pago de expedientes
de expropiación forzosa que se citan.
Pago de expedientes de expropiación.

A) Para los titulares que hayan percibido el importe del expediente que ha generado
los intereses de demora (Mutuos Acuerdos o Pieza Separada de Justiprecio):
1. Solicitud expresa de cada titular expropiado, de cobro mediante transferencia
bancaria. Cuando fueren varios titulares, podrán solicitar conjuntamente que el abono
íntegro del precio se ingrese en una única cuenta, o en una cuenta de cada propietario,
indicando la cantidad que le corresponde a cada uno acreditando el porcentaje de
participación de cada uno de ellos, y, en su defecto, conste en el expediente autorización
expresa para que figure en la propuesta contable uno de ellos.
2. Acreditar su personalidad (DNI, NIE, o Pasaporte) y adjuntar fotocopia del mismo.
3. De actuar mediante representación, ésta deberá ser con documento que acredite
la representación por cualquier medio válido en derecho (Original del Poder Notarial o
Poder «Apud Acta»), otorgado ante Secretria/o del Ayuntamiento o ante la Secretaria
General Provincial y de Recursos Comunes de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Almería. También deberán aportar fotocopia de
dicho Poder así comof otocopia del DNI del representante.
4. En el supuesto de personas jurídicias deberá portarse CIF, y copia compulsada de
la Escritura de Constitución, así como DNI del representante legal, y acreditación de su
nombramiento, inscrito en el Registro Mercantil, o el que proceda.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00269205

Aprobados los expedientes de expropiación de los terrenos necesarios para la
ejecución de las obras que se detallan, en los términos municipales de Las Tres Villas,
Macael, Cuevas del Almanzora y Vera, y una vez hecho efectivo el libramiento para los
pagos, esta Delegación Territorial procede a dar publicidad a los titulares de derechos en
los expedientes de expropiación que se señalan, en cumplimiento de lo dispuesto en el
artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, cohonestado con el artículo 48 de la Ley de 16 de
diciembre de 1954 de Expropiación Forzosa, modificado por disposición adicional 10 de
la Ley número 21/1986, de 23 de diciembre.
Para el percibo de las cantidades que les corresponden mediante transferencia
bancaria, y al amparo del artículo 48.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, y los
artículos 52 y siguientes del Decreto 40/2017, de 7 de marzo, por el que se regula la
organización y el funcionamiento de la Tesorería General de la Junta de Andalucía y la
gestión recaudatoria, habrán de presentar en un plazo de 15 días, desde que se haga
efectiva la Notificación, la documentación que se detalla a continuación en cualquiera
de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, comunicándose
a estos efectos que el Registro Electrónico único de la Junta de Andalucía está accesible
en la siguiente sede electrónica:
https://juntadeandalucia.es/organismos/fomentoinfraestructurasyordenaciondelterritorio/
servicios.html