3. Otras disposiciones. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/195-34)
Orden de 4 de octubre de 2022, declarando la fase de escasez severa en la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022

página 15773/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Orden de 4 de octubre de 2022, declarando la fase de escasez severa en la
Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras.
La Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas de Andalucía, contempla en el artículo 63.3
la competencia de la persona titular de la Consejería competente en materia de agua
para declarar la entrada y salida de los sistemas en aquellas fases que representen
restricciones de uso del recurso, previo informe de la Comisión para la Gestión de la
Sequía.
El Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el que se regulan los indicadores de sequía
hidrológica y las medidas excepcionales para la gestión de los recursos hídricos en las
Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias de Andalucía, establece los indicadores
hidrológicos de entrada y salida en situación de sequía prolongada, excepcional y
escasez, así como las medidas excepcionales a adoptar en dichas situaciones para la
gestión de los recursos hídricos en las Demarcaciones Hidrográficas Intracomunitarias
de Andalucía, además de las condiciones a partir de las cuales se considerará que dicha
situación de excepcionalidad ha sido superada.
El citado decreto, en la letra c) del artículo 2, define las circunstancias que se han de
dar para la declaración de escasez severa.
Igualmente dicho decreto recoge en su Anexo III las medidas a adoptar en ámbitos
territoriales con aguas reguladas.
Al efecto, el epígrafe 1 de dicho Anexo III recoge las medidas a adoptar en la
Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras.
La situación actual de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, con
sus indicadores de sequía bajo el umbral que define la escasez severa de acuerdo con
el Plan Especial de Sequía vigente, aprobado por Acuerdo de 8 de marzo de 2022, hace
que se considere necesaria la declaración de escasez severa en dicha zona.
Por otra parte, expuesta esta situación en la Comisión para la Gestión de la Sequía
de la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras, de acuerdo con lo establecido
en el artículo 22.1 del Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan
los Órganos Colegiados de Participación Administrativa y Social de la Administración
Andaluza del Agua, reunida con fecha 16 de septiembre de 2022 en sesión virtual, ha
emitido informe favorable a la declaración de escasez severa.
Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1.b) del Decreto 178/2021,
de 15 de junio, por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, con fecha 27 de
septiembre, se ha emitido propuesta para la declaración de situación de escasez severa
en la Demarcación Hidrográfica del Tinto, Odiel y Piedras.
En su virtud, a propuesta del Director General de Infraestructuras del Agua, de
conformidad con lo previsto en el artículo 1.b) del Decreto 178/2021, de 15 de junio, y el
artículo 63.3 de la Ley 9/2010, de 30 de julio,

Primero. Objeto.
Declarar la situación de escasez severa en la Demarcación Hidrográfica del Tinto,
Odiel y Piedras, a los efectos recogidos en el Decreto 178/2021, de 15 de junio, por el
que se regulan los indicadores de sequía hidrológica y las medidas excepcionales para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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