Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/195-4)
Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022
página 15668/3
Segundo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al modelo de formulario que
figura como Anexo I, que podrá encontrarse en los siguientes lugares:
a) Las personas o entidades obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
podrán encontrar el formulario de solicitud que figura como Anexo I en el siguiente enlace
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración
de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25068
b) Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administración, además de en el lugar recogido en el párrafo anterior, podrán encontrar
el formulario de solicitud que figura como Anexo I:
b.1. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el que se publica la presente
convocatoria, adjunto a la misma.
b.2. En las sedes de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y
de sus órganos periféricos.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268935
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 819.000 euros, no
pudiendo superarse la citada cuantía. Estos créditos están cofinanciados en un 50% con
fondos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y el otro 50% con fondos
procedentes de la Junta de Andalucía.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución de concesión de la subvención, incorporando en esta resolución a
los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía.
3. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera para la captura de
chirla comprende desde el 2 de marzo hasta el 30 de junio de 2022, ambos inclusive.
Para las embarcaciones de draga hidráulica, el periodo computable de la parada
será de 121 días, es decir, están obligadas a no realizar actividad pesquera durante
todo el periodo de la parada temporal. El periodo subvencionable máximo para estas
embarcaciones será de 90 días.
Para las embarcaciones de rastro remolcado, el periodo computable de la parada
será como máximo de 121 días y como mínimo de 38 días, dentro del periodo de parada
temporal. El periodo subvencionable será como máximo de 90 días y como mínimo de
26 días, en función de los días de parada que se realicen.
4. Aquellos armadores y tripulantes que no puedan cobrar todos días subvencionables
de la parada realizada con cargo al FEMP por sobrepasar con ello el máximo de días
subvencionables con FEMP, se les subvencionará la parada con cargo al FEMPA.
5. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25068 en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25068
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022
página 15668/3
Segundo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1. Las solicitudes de ayudas se presentarán ajustándose al modelo de formulario que
figura como Anexo I, que podrá encontrarse en los siguientes lugares:
a) Las personas o entidades obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administración, de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
podrán encontrar el formulario de solicitud que figura como Anexo I en el siguiente enlace
del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la sede electrónica de la Administración
de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25068
b) Las personas físicas no obligadas a relacionarse electrónicamente con la
Administración, además de en el lugar recogido en el párrafo anterior, podrán encontrar
el formulario de solicitud que figura como Anexo I:
b.1. En el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía en el que se publica la presente
convocatoria, adjunto a la misma.
b.2. En las sedes de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural y
de sus órganos periféricos.
2. El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268935
2. El importe total disponible para la presente convocatoria es de 819.000 euros, no
pudiendo superarse la citada cuantía. Estos créditos están cofinanciados en un 50% con
fondos procedentes del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca y el otro 50% con fondos
procedentes de la Junta de Andalucía.
En el caso de que se produzca un eventual aumento de crédito máximo disponible
para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá
dictar una resolución de concesión de la subvención, incorporando en esta resolución a
los solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de
persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito
consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento
de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta
de Andalucía.
3. El periodo de paralización temporal de la actividad pesquera para la captura de
chirla comprende desde el 2 de marzo hasta el 30 de junio de 2022, ambos inclusive.
Para las embarcaciones de draga hidráulica, el periodo computable de la parada
será de 121 días, es decir, están obligadas a no realizar actividad pesquera durante
todo el periodo de la parada temporal. El periodo subvencionable máximo para estas
embarcaciones será de 90 días.
Para las embarcaciones de rastro remolcado, el periodo computable de la parada
será como máximo de 121 días y como mínimo de 38 días, dentro del periodo de parada
temporal. El periodo subvencionable será como máximo de 90 días y como mínimo de
26 días, en función de los días de parada que se realicen.
4. Aquellos armadores y tripulantes que no puedan cobrar todos días subvencionables
de la parada realizada con cargo al FEMP por sobrepasar con ello el máximo de días
subvencionables con FEMP, se les subvencionará la parada con cargo al FEMPA.
5. La información asociada al procedimiento de estas ayudas está disponible en el
código de procedimiento 25068 en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y
Servicios de la sede electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25068