Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/195-7)
Extracto de la Orden de 27 de septiembre de 2022, por la que se convocan para el año 2022 las ayudas previstas en la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), en relación con la parada temporal de la flota marisquera autorizada al uso de draga hidráulica y rastro remolcado, dedicada a la captura de la chirla en el caladero Golfo de Cádiz, que ha tenido lugar del 2 de marzo al 30 de junio de 2022.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022
página 15670/2
temporal. El periodo subvencionable será, como máximo de 90 días y como mínimo de
26 días, en función de los días de parada que se realicen.
Segundo. Beneficiarios.
a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las
agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados
por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la
Flota Pesquera, y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120
días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud de ayuda.
b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120
días durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de
ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, a medidas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera
de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de la
especie denominada Chirla (Chamelea gallina) en la modalidad de draga hidráulica y
rastro remolcado en el Golfo de Cádiz, aprobado mediante Orden de 6 de abril de 2020.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), publicada en Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, de 8 de septiembre de 2022, núm. 173.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria de la parada temporal se expone en el cuadro que se
recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25068
00268938
Sevilla, Vicente Pérez García de Prado, Viceconsejero de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA
núm. 106, de 5.6.2019).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022
página 15670/2
temporal. El periodo subvencionable será, como máximo de 90 días y como mínimo de
26 días, en función de los días de parada que se realicen.
Segundo. Beneficiarios.
a) Las personas físicas o jurídicas (armadores/explotadores), así como las
agrupaciones identificadas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
General de Subvenciones encargadas de la explotación de buques pesqueros afectados
por la parada temporal que estén registrados como activos en el Registro General de la
Flota Pesquera, y que hayan llevado a cabo una actividad pesquera de al menos 120
días en el mar, durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la
solicitud de ayuda.
b) Las personas físicas (tripulantes) que hayan trabajado en el mar al menos 120
días durante los dos años civiles anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de
ayuda, a bordo de un buque pesquero afectado por la paralización temporal.
Tercero. Objeto.
El objeto es la convocatoria de ayudas, en el ámbito de la Comunidad Autónoma
de Andalucía, a medidas destinadas a la paralización temporal de la actividad pesquera
de la flota de artes menores afectada por el Plan de Gestión para la pesquería de la
especie denominada Chirla (Chamelea gallina) en la modalidad de draga hidráulica y
rastro remolcado en el Golfo de Cádiz, aprobado mediante Orden de 6 de abril de 2020.
Cuarto. Bases reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por la Orden de 2 de septiembre de 2022, por la
que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de
concurrencia no competitiva, por la paralización temporal de la actividad pesquera de la
flota pesquera y marisquera con puerto base en Andalucía, en el marco del Programa
Operativo del Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (2014-2020), publicada en Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía, de 8 de septiembre de 2022, núm. 173.
Quinto. Cuantía.
La dotación presupuestaria de la parada temporal se expone en el cuadro que se
recoge en el apartado primero de este extracto.
Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de las solicitudes será de 10 días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.
Séptimo. Otros datos.
Los formularios para la solicitud y demás datos necesarios figuran publicados en
el presente BOJA junto con la convocatoria. Asimismo, estarán a disposición de las
personas solicitantes en el siguiente enlace:
https://juntadeandalucia.es/servicios/sede/tramites/procedimientos/detalle/25068
00268938
Sevilla, Vicente Pérez García de Prado, Viceconsejero de Agricultura, Pesca, Agua y
Desarrollo Rural, por delegación de firma de la Consejera (Orden de 28.5.2019, BOJA
núm. 106, de 5.6.2019).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja