5. Anuncios. Consejería de Salud y Consumo. (2022/195-58)
Anuncio de 5 de octubre de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Málaga, por el que se da publicidad al Convenio suscrito entre la Consejería de Salud y Consumo y el Ayuntamiento de Moclinejo sobre encomienda de gestión de actividades relacionadas con la tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 195 - Lunes, 10 de octubre de 2022

página 15735/5

Quinta. Exclusiones.
En ningún caso se entenderán comprendidos en la encomienda las actuaciones
administrativas de ejecución forzosa del acto administrativo sancionador, la resolución de
los recursos administrativos, ni la defensa en juicio de la Corporación Local en caso de
impugnación jurisdiccional por el interesado de la resolución sancionadora.

Séptima. Comisión mixta de Seguimiento.
Con el fin de articular el seguimiento de la ejecución de las actividades previstas en el
presente Convenio de Encomienda de Gestión y proceder a su interpretación, se creará
en el plazo de 3 meses desde la firma del presente Convenio, una Comisión mixta de
Seguimiento, cuyo ámbito será provincial.
Dicha Comisión mixta estará integrada por los representantes de la Junta de
Andalucía y por el de la Administración Municipal que haya suscrito el Convenio de
encomienda de gestión correspondiente, con la siguiente composición:
a) Por parte de la Junta de Andalucía:
- El/La Delegado/a Territorial con competencias en materia de Salud de la provincia
donde radique el municipio, quien ostentará la Presidencia, o persona en quien delegue.
- El/La Secretario/a General de dicha Delegación Territorial.
- Un/a funcionario/a de la Delegación Territorial con competencias en materia de
Salud designado por su titular.
b) Por parte de los Municipios:
- Los Alcaldes/Las Alcaldesas de los Ayuntamientos cuyos municipios pertenezcan al
ámbito territorial de un mismo Distrito Sanitario, o personas en quienes deleguen.
- Los/Las Secretarios/as o Secretarios/as-lnterventores del Ayuntamiento de Moclinejo,
o personas en quienes se delegue.
Ocupará el cargo de la Secretaría de la Comisión un miembro de la misma con voz
y voto y con titulación de Licenciatura en Derecho. En su defecto, un funcionario con
la titulación de Licenciatura en Derecho que preste servicio en la referida Delegación
Territorial, con voz pero sin voto.
El régimen de funcionamiento y organización de la Comisión mixta de Seguimiento
será el previsto para los órganos colegiados en la Sección 3.ª del Capítulo II del Título
Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título IV de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
La Comisión de Seguimiento se reunirá en sesión ordinaria al menos una vez al
año. Con independencia de ello, se reconoce a ambas partes la facultad de instar la
convocatoria extraordinaria de una reunión de la Comisión de Seguimiento.
En general, corresponde a la Comisión mixta de Seguimiento:
a) Velar por el cumplimiento y seguimiento de cuanto queda establecido en el presente
Convenio incluyendo el seguimiento periódico relativo al abono de la compensación
económica establecida en la cláusula sexta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268996

Sexta. Compensación económica.
En concepto de compensación por cada procedimiento sancionador tramitado por la
Delegación Territorial en vurtud de este Convenio, el Ayuntamiento abonará a la Junta de
Andalucía el 25% del importe de cada sanción que haya percibido, incluidos los importes
ingresados con anterioridad a la resolución del procedimiento sancionador, en virtud de lo
dispuesto en el art. 85 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas; asi como los intereses o recargos devengados
y recaudados en vía de apremio, o los derivados del aplazamiento y/o aplazamiento
de la deuda.
El procedimiento para el abono de esta cantidad se llevará a cabo a través del modelo
de autoliquidación 046 con el concepto 0301 «otros ingresos patrimoniales».