Autoridades y personal. Universidades. (2022/194-41)
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2022, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2022.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022
página 15636/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional de
Andalucía, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de
Gobierno de 28 de septiembre de 2022, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2022.
De conformidad con establecido en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 22/2021, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, la incorporación de
personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se regulará por
los criterios señalados en este artículo y estará sujeta a una tasa de reposición de efectivos
del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores,
añadiéndose en el artículo 20.Uno.3, en su letra I), que se consideran sectores prioritarios
a efectos de la tasa de reposición, entre otras, las plazas de personal de administración y
servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones de las que
dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
Para el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 20.7 de la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022,
el porcentaje de tasa máxima autorizada se aplicará sobre la diferencia entre el número
de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar
servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido
ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público,
o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A
estos efectos, se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia,
declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la
condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier
otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la
percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente,
se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras
Administraciones Públicas.
Por todo lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre de 2020, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; en el artículo
13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021, así como en los Estatutos de la Universidad Internacional de
Andalucía, este Rectorado
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía para el año 2022, aprobada
por Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2022, tras el acuerdo alcanzado
entre la Gerencia de la Universidad y los órganos de representación del Personal de
Administración y Servicios, y que acompaña a esta resolución como Anexo 1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268905
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022
página 15636/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 4 de octubre de 2022, de la Universidad Internacional de
Andalucía, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de
Gobierno de 28 de septiembre de 2022, por el que se aprueba la Oferta de
Empleo Público del Personal de Administración y Servicios para el año 2022.
De conformidad con establecido en el artículo 20.Uno.1 de la Ley 22/2021, de 28 de
diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022, la incorporación de
personal de nuevo ingreso con una relación indefinida en el sector público se regulará por
los criterios señalados en este artículo y estará sujeta a una tasa de reposición de efectivos
del 120 por cien en los sectores prioritarios y del 110 por cien en los demás sectores,
añadiéndose en el artículo 20.Uno.3, en su letra I), que se consideran sectores prioritarios
a efectos de la tasa de reposición, entre otras, las plazas de personal de administración y
servicios de las Universidades, siempre que por parte de las Administraciones de las que
dependan se autoricen las correspondientes convocatorias.
Para el cálculo de la tasa de reposición de efectivos, de acuerdo con lo establecido en
el artículo 20.7 de la citada Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2022,
el porcentaje de tasa máxima autorizada se aplicará sobre la diferencia entre el número
de empleados fijos que, durante el ejercicio presupuestario anterior, dejaron de prestar
servicios y el número de empleados fijos que se hubieran incorporado en el referido
ejercicio, por cualquier causa, excepto los procedentes de ofertas de empleo público,
o reingresado desde situaciones que no conlleven la reserva de puestos de trabajo. A
estos efectos, se computarán los ceses por jubilación, retiro, fallecimiento, renuncia,
declaración en situación de excedencia sin reserva de puesto de trabajo, pérdida de la
condición de funcionario de carrera o la extinción del contrato de trabajo, o en cualquier
otra situación administrativa que no suponga la reserva de puesto de trabajo o la
percepción de retribuciones con cargo a la Administración en la que se cesa. Igualmente,
se tendrán en cuenta las altas y bajas producidas por los concursos de traslados a otras
Administraciones Públicas.
Por todo lo anterior, y conforme a lo dispuesto en el artículo 70 del Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público; en el artículo 19 de la Ley 11/2020, de 30 de
diciembre de 2020, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021; en el artículo
13 de la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2021, así como en los Estatutos de la Universidad Internacional de
Andalucía, este Rectorado
Primero. Publicar la Oferta de Empleo Público del Personal de Administración
y Servicios de la Universidad Internacional de Andalucía para el año 2022, aprobada
por Consejo de Gobierno de 28 de septiembre de 2022, tras el acuerdo alcanzado
entre la Gerencia de la Universidad y los órganos de representación del Personal de
Administración y Servicios, y que acompaña a esta resolución como Anexo 1.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268905
RESU ELV E