3. Otras disposiciones. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/194-62)
Orden de 23 de septiembre de 2022, por la que se aprueba la modificación de los estatutos del Colegio de Procuradores de los Tribunales de Jaén y se dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 194 - Viernes, 7 de octubre de 2022

página 15624/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Orden de 23 de septiembre de 2022, por la que se aprueba la modificación
de los estatutos del Colegio de Procuradores de los Tribunales de Jaén y se
dispone su inscripción en el Registro de Colegios Profesionales de Andalucía.
El Estatuto de Autonomía para Andalucía dispone en su artículo 79.3.b) que corresponde
a la Comunidad Autónoma, en lo no afectado por el artículo 149.1.18.ª de la Constitución
Española, competencias exclusivas sobre colegios profesionales y el ejercicio de las
profesiones tituladas de acuerdo con el artículo 36 de la Constitución y con la legislación
del Estado.
La Ley 10/2003, de 6 de noviembre, reguladora de los Colegios Profesionales de
Andalucía, establece en su artículo 22 que, aprobados los estatutos por el colegio
profesional y previo informe del consejo andaluz de colegios de la profesión respectiva,
si estuviere creado, se remitirán a la Consejería con competencia en materia de régimen
jurídico de colegios profesionales, para su aprobación definitiva mediante orden de su
titular, previa calificación de legalidad.
Los Estatutos actualmente vigentes del Colegio de Procuradores de los Tribunales de
Jaén fueron aprobados por Orden de 17 de octubre de 2013, de la Consejería de Justicia
e Interior (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 216, de 4 de noviembre de 2013),
puntualmente modificados mediante la Orden de 24 de octubre de 2016, de la Consejería
de Justicia e Interior (Boletín Oficial de la Junta de Andalucía núm. 208, de 28 de octubre
de 2016). El Colegio de Procuradores de los Tribunales de Jaén ha presentado, el 29 de
abril de 2022, la modificación estatutaria consistente en la modificación de dos artículos,
habiendo sido aprobada en la Junta General de esa corporación profesional, en sus
sesiones de 15 de julio de 2021 y 13 de julio de 2022 e informada por el Consejo Andaluz
de Colegios de Procuradores de los Tribunales y el Consejo General de Colegios de
Procuradores de los Tribunales de España.
La modificación de los estatutos del Colegio de Procuradores de los Tribunales de
Jaén afecta a los artículos 64 y 98. Los cambios introducidos se refieren a la regulación
de los deberes económicos de sus colegiados.
En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 22 de la Ley
10/2003, de 6 de noviembre, y 18 del Reglamento de Colegios Profesionales de
Andalucía, aprobado por Decreto 216/2006, de 12 de diciembre, y con las atribuciones
conferidas por el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura
orgánica de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO

- Se modifica el artículo 64, con la siguiente redacción:
«Artículo 64. Deberes económicos.
Todos los Colegiados están obligados a contribuir a las cargas de la corporación en
la forma establecida en este Estatuto. Por acuerdo de la Junta de Gobierno se perderá la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268894

Primero. Aprobar la modificación de los artículos 64 y 98 de los Estatutos del Colegio
de Procuradores de los Tribunales de Jaén, sancionados por la Junta General en sus
sesiones de 15 de julio de 2021 y 13 de julio de 2022, cuyo texto se inserta a continuación,
y ordenar su inscripción en la Sección Primera del Registro de Colegios Profesionales de
Andalucía.