Disposiciones generales. Universidades. (2022/193-3)
Extracto de la Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Universidad de Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de Ayudas para estudiantes con discapacidad en la Universidad de Huelva, para el curso académico 2022/23.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 6 de octubre de 2022
página 15543/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Universidad de
Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de Ayudas para estudiantes con
discapacidad en la Universidad de Huelva, para el curso académico 2022/23.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 651537
Primero. Convocatoria.
Convocatoria de ayudas para estudiantes con discapacidad, para el Curso Académico
2022/23.
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria de rige por el Segundo Plan Propio de Becas para Estudiantes de
la Universidad de Huelva, aprobado en Consejo de Gobierno el 13 de marzo de 2019 y
modificado en Consejo de Gobierno el 28 de septiembre de 2021.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Se convocan ayudas para estudiantes matriculados en el curso 2022-23 en la
Universidad de Huelva en una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional,
Grado, o Máster Oficial, que presenten algún tipo de discapacidad, legalmente calificada,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268801
Tercero. Financiación.
Los gastos o la solicitud de ayuda se justificarán de la forma que a continuación se
indica.
Estudiante colaborador/a: Acuerdo o compromiso entre la persona que solicita y
el estudiante colaborador, en el que se describan brevemente las tareas o funciones
que desempeña o desempeñará la persona colaboradora. Esta ayuda la percibirá
directamente el colaborador, a cuyo efecto, deberá facilitar mediante certificación del
banco o caja la cuenta de la que tiene que ser titular, donde desea que se efectúe el
ingreso. El importe de la ayuda, estará relacionado con las necesidades específicas de la
persona con discapacidad y de las tareas de colaboración necesarias.
Bono transporte: Facturas de los taxis, o medio de transporte empleado por el
estudiante durante el periodo lectivo establecido por la Universidad de Huelva. Esta ayuda
ascenderá, como máximo, a 110 € mensuales, conforme a distancia, desplazamientos, y al
calendario lectivo. En caso de emplear como medio de transporte, vehículo perteneciente
al estudiante colaborador/a, este último será quien reciba directamente el importe de la
misma. En este supuesto, el acuerdo o compromiso entre ambos, deberá recoger dicha
circunstancia.
La Comisión de Estudiantes fijará la cuantía de las ayuda a asignar a cada solicitante
con estudiante colaborador/a, teniendo en cuenta el tipo de discapacidad y grado
porcentual de la misma, la disponibilidad presupuestaria, así como el tipo de ayuda
(humana o material) que necesita. Igualmente comprobará la ayuda concedida en cursos
anteriores, y el rendimiento académico del solicitante.
Estas ayudas irán con cargo a la aplicación presupuestaria: 80010401 321A 481.00,
24.600 €.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 193 - Jueves, 6 de octubre de 2022
página 15543/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Extracto de la Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Universidad de
Huelva, por la que se aprueba una convocatoria de Ayudas para estudiantes con
discapacidad en la Universidad de Huelva, para el curso académico 2022/23.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica un extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans).
BDNS: 651537
Primero. Convocatoria.
Convocatoria de ayudas para estudiantes con discapacidad, para el Curso Académico
2022/23.
Segundo. Bases reguladoras.
Esta convocatoria de rige por el Segundo Plan Propio de Becas para Estudiantes de
la Universidad de Huelva, aprobado en Consejo de Gobierno el 13 de marzo de 2019 y
modificado en Consejo de Gobierno el 28 de septiembre de 2021.
Cuarto. Personas beneficiarias.
Se convocan ayudas para estudiantes matriculados en el curso 2022-23 en la
Universidad de Huelva en una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional,
Grado, o Máster Oficial, que presenten algún tipo de discapacidad, legalmente calificada,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268801
Tercero. Financiación.
Los gastos o la solicitud de ayuda se justificarán de la forma que a continuación se
indica.
Estudiante colaborador/a: Acuerdo o compromiso entre la persona que solicita y
el estudiante colaborador, en el que se describan brevemente las tareas o funciones
que desempeña o desempeñará la persona colaboradora. Esta ayuda la percibirá
directamente el colaborador, a cuyo efecto, deberá facilitar mediante certificación del
banco o caja la cuenta de la que tiene que ser titular, donde desea que se efectúe el
ingreso. El importe de la ayuda, estará relacionado con las necesidades específicas de la
persona con discapacidad y de las tareas de colaboración necesarias.
Bono transporte: Facturas de los taxis, o medio de transporte empleado por el
estudiante durante el periodo lectivo establecido por la Universidad de Huelva. Esta ayuda
ascenderá, como máximo, a 110 € mensuales, conforme a distancia, desplazamientos, y al
calendario lectivo. En caso de emplear como medio de transporte, vehículo perteneciente
al estudiante colaborador/a, este último será quien reciba directamente el importe de la
misma. En este supuesto, el acuerdo o compromiso entre ambos, deberá recoger dicha
circunstancia.
La Comisión de Estudiantes fijará la cuantía de las ayuda a asignar a cada solicitante
con estudiante colaborador/a, teniendo en cuenta el tipo de discapacidad y grado
porcentual de la misma, la disponibilidad presupuestaria, así como el tipo de ayuda
(humana o material) que necesita. Igualmente comprobará la ayuda concedida en cursos
anteriores, y el rendimiento académico del solicitante.
Estas ayudas irán con cargo a la aplicación presupuestaria: 80010401 321A 481.00,
24.600 €.