Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural. (2022/191-2)
Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria para la habilitación de entidades representativas del sector pesquero y acuícola al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2019, por la que se regula el procedimiento para la habilitación de entidades para la representación y tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas, y se convoca procedimiento de habilitación para determinadas submedidas del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, modificada por la orden que se cita.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 191 - Martes, 4 de octubre de 2022

página 15439/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL

El Reglamento (UE) núm. 508/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de
mayo de 2014, relativo al Fondo Europeo Marítimo y de Pesca, y por el que se derogan
los Reglamentos (CE) núm. 2328/2009, (CE) núm. 861/2006, (CE) núm. 1198/2006 y
(CE) núm. 791/2007, del Consejo, y el Reglamento (UE) núm. 1255/2011, del Parlamento
Europeo y del Consejo (en adelante Reglamento FEMP), establece las medidas
financieras de la Unión para el desarrollo sostenible de la pesca, de la acuicultura y de
las zonas pesqueras y acuícolas; para la comercialización y la transformación de los
productos de la pesca y la acuicultura; para la aplicación de la Política Pesquera Común,
de las medidas relativas al Derecho del Mar, así como de la Política Marítima Integrada.
Estas ayudas, contempladas entre los objetivos específicos definidos en el
Reglamento FEMP fueron incluidas en el Programa Operativo para España para el
periodo 2014-2020, aprobado por la Decisión de la Comisión C (2015) de 13 de noviembre
de 2015, siendo estas ayudas objeto de cofinanciación de la Unión Europea a través del
referido Fondo Europeo Marítimo y de Pesca.
Por otra parte, la Comisión Europea dictó el Reglamento (UE) núm. 717/2014, de
la Comisión, de 27 de junio, de aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea a las ayudas de mínimis en el sector de la pesca y
de la acuicultura (en adelante Reglamento de mínimis).
Con fecha 13 de julio de 2021 ha sido publicado en el Diario Oficial de la Unión
Europea el Reglamento (UE) 2021/1139, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de
julio de 2021, por el que se establece el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y Acuicultura, y
por el que se modifica el Reglamento (UE) 2017/2004, (en adelante Reglamento FEMPA),
que establece las medidas financieras de la Unión para fomentar la pesca sostenible
y la recuperación y conservación de los recursos biológicos acuáticos; las actividades
sostenibles de la acuicultura, así como la transformación y comercialización de productos
de la pesca y la acuicultura, contribuyendo así a la seguridad alimentaria de la Unión;
medidas financieras para permitir una economía azul sostenible en las zonas costeras,
insulares e interiores y fomentar el desarrollo de las comunidades pesqueras y acuícolas;
así como medidas financieras para reforzar la gobernanza internacional de los océanos
y hacer de los mares y océanos medios protegidos, seguros, limpios y gestionados de
manera sostenible.
El Decreto 157/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica
de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural establece en su
artículo 1 que corresponde a esta Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas
a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia de agricultura, ganadería, pesca y
agroalimentación, de agua y de desarrollo rural.
Y más concretamente, el artículo 10 del referido Decreto 157/2022, de 9 de agosto,
recoge las funciones que se atribuyen a la Dirección General de Pesca y Acuicultura, entre
las cuales se encuentra el diseño y evaluación de las políticas de incentivos públicos,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268707

Orden de 28 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria para
la habilitación de entidades representativas del sector pesquero y acuícola
al amparo de la Orden de 21 de octubre de 2019, por la que se regula el
procedimiento para la habilitación de entidades para la representación y
tramitación electrónica de las solicitudes de todo tipo de subvenciones y ayudas,
y se convoca procedimiento de habilitación para determinadas submedidas del
Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, modificada por la orden
que se cita.