Disposiciones generales. Consejería de Universidad, Investigación e Innovación. (2022/190-4)
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Coordinación Universitaria, por la que se convocan para el curso académico 2021/2022 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de mayo de 2020, de bases reguladoras de concesión de ayudas al estudio, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad Nacional de Educación a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
6 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022
página 15432/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Coordinación Universitaria, por la que se convocan para el curso académico
2021/2022 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de mayo de 2020,
de bases reguladoras de concesión de ayudas al estudio, en régimen de
concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Por Orden de 14 de mayo de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, adscrito a los centros asociados de la Comunidad
Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 96, de 21 de mayo de 2020).
La citada Orden de 14 de mayo 2020, en su disposición adicional primera, delega
en la persona titular de la Dirección General competente en materia de universidades, la
competencia para convocar las subvenciones reguladas en la orden, mediante resolución
que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Segundo. Personas beneficiarias y requisitos que deben cumplir.
1. Podrá ser beneficiario de las subvenciones reguladas en la Orden de 14 de
mayo de 2020 el alumnado que, en la fecha de finalización del plazo de presentación
de la solicitud de la ayuda, esté cursando estudios universitarios de grado y máster y
esté adscrito cualquiera de los centros asociados de la UNED, sitos en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
2. Requisitos que deberán cumplir las personas beneficiarias de estas ayudas:
a) Estar matriculadas en aquellos estudios conducentes a la obtención de títulos
universitarios oficiales de grado o máster en la UNED y estar inscritas en uno de los
centros asociados de la misma, sito en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268699
Primero. Objeto.
1. Se convoca para el curso 2021/2022 la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 14 de mayo de 2020, de
la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio en régimen
de concurrencia no competitiva, al alumnado de la Universidad Nacional de Educación
a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Las subvenciones que se concedan tienen por objeto financiar el importe a
satisfacer, correspondiente a los créditos aprobados por el alumnado y se realizarán en
la misma cuantía que para el alumnado matriculado en las Universidades Públicas de
Andalucía, conforme a los precios públicos establecidos en el Decreto 106/2020, de 28
de julio, por el que se determinan los precios públicos, de las universidades públicas de
Andalucía, por la prestación de servicios académicos y administrativos y se da publicidad
a los precios de los centros universitarios adscritos a las universidades públicas
andaluzas, y con las condiciones que se establecen en el artículo 2 de la Orden de 14 de
mayo de 2020.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022
página 15432/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE UNIVERSIDAD, INVESTIGACIÓN E INNOVACIÓN
Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General de
Coordinación Universitaria, por la que se convocan para el curso académico
2021/2022 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de mayo de 2020,
de bases reguladoras de concesión de ayudas al estudio, en régimen de
concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad Nacional
de Educación a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
Por Orden de 14 de mayo de 2020, de la Consejería de Economía, Conocimiento,
Empresas y Universidad, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de
ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, para el alumnado de la Universidad
Nacional de Educación a Distancia, adscrito a los centros asociados de la Comunidad
Autónoma de Andalucía (BOJA núm. 96, de 21 de mayo de 2020).
La citada Orden de 14 de mayo 2020, en su disposición adicional primera, delega
en la persona titular de la Dirección General competente en materia de universidades, la
competencia para convocar las subvenciones reguladas en la orden, mediante resolución
que será publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
En virtud de lo anterior,
RESU ELVO
Segundo. Personas beneficiarias y requisitos que deben cumplir.
1. Podrá ser beneficiario de las subvenciones reguladas en la Orden de 14 de
mayo de 2020 el alumnado que, en la fecha de finalización del plazo de presentación
de la solicitud de la ayuda, esté cursando estudios universitarios de grado y máster y
esté adscrito cualquiera de los centros asociados de la UNED, sitos en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
2. Requisitos que deberán cumplir las personas beneficiarias de estas ayudas:
a) Estar matriculadas en aquellos estudios conducentes a la obtención de títulos
universitarios oficiales de grado o máster en la UNED y estar inscritas en uno de los
centros asociados de la misma, sito en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268699
Primero. Objeto.
1. Se convoca para el curso 2021/2022 la concesión de subvenciones, en régimen
de concurrencia no competitiva, reguladas en la Orden de 14 de mayo de 2020, de
la Consejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas al estudio en régimen
de concurrencia no competitiva, al alumnado de la Universidad Nacional de Educación
a Distancia adscrito a los centros asociados de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
2. Las subvenciones que se concedan tienen por objeto financiar el importe a
satisfacer, correspondiente a los créditos aprobados por el alumnado y se realizarán en
la misma cuantía que para el alumnado matriculado en las Universidades Públicas de
Andalucía, conforme a los precios públicos establecidos en el Decreto 106/2020, de 28
de julio, por el que se determinan los precios públicos, de las universidades públicas de
Andalucía, por la prestación de servicios académicos y administrativos y se da publicidad
a los precios de los centros universitarios adscritos a las universidades públicas
andaluzas, y con las condiciones que se establecen en el artículo 2 de la Orden de 14 de
mayo de 2020.