Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/190-7)
Orden de 26 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022
página 15324/52
(Página 4 de 7 )
ANEXO II.5.1
7. DOCUMENTACIÓN (Continuación)
Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto
390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los
edificios, firmado por técnico competente y registrado en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces adscrito a la
Consejería competente en materia de energía, o autorización al órgano gestor para que pueda ser recabado. La entrega del
certificado energético se acompañará de los correspondientes archivos PDF y XML.
En su caso, copia del acta o certificado del secretario o administrador, con el acuerdo de la comunidad de propietarios, de
las comunidades de propietarios debidamente agrupadas, o de la asamblea de la cooperativa, por el que se aprueba la
realización del libro de edificio existente para la rehabilitación objeto de la subvención. En la copia del acta o certificado del
secretario o administrador, habrá de constar el nombramiento del representante autorizado para solicitar la subvención, el
porcentaje del coeficiente o el importe del coste subvencionable que asume cada uno de los miembros de la comunidad de
propietarios, la aceptación del presupuesto, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos.
Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios profesionales y tramitación
correspondientes a la emisión del libro del edificio existente para la rehabilitación.
Y en el caso de haberme opuesto a su consulta en el apartado 5 y en el caso de no haber prestado mi consentimiento para la
consulta en el apartado 6:
Copia DNI/NIE/NIF de la persona o entidad solicitante.
Documentación acreditativa de la titularidad del edificio, viviendas y locales. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante
escritura pública, nota simple registral actualizada o certificación de titularidad catastral, o autorización al órgano gestor
para que pueda ser recabada.
EN CASO DE PERSONA O ENTIDAD AGENTE O GESTORA DE LA REHABILITACIÓN:
Copia DNI/NIE/NIF de la persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación.
Certificado correspondiente que acredite que la persona o entidad agente o gestora de al rehabilitación se encuentra al
corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
Certificado que acredite que la persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación se encuentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la persona o entidad agente o gestora
de la rehabilitación se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a dicho organismo.
Otros:
DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento
Consejería/Agencia y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó (1)
1
2
3
4
5
6
7
8
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00268595
004278/A02
(1) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022
página 15324/52
(Página 4 de 7 )
ANEXO II.5.1
7. DOCUMENTACIÓN (Continuación)
Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto
390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los
edificios, firmado por técnico competente y registrado en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces adscrito a la
Consejería competente en materia de energía, o autorización al órgano gestor para que pueda ser recabado. La entrega del
certificado energético se acompañará de los correspondientes archivos PDF y XML.
En su caso, copia del acta o certificado del secretario o administrador, con el acuerdo de la comunidad de propietarios, de
las comunidades de propietarios debidamente agrupadas, o de la asamblea de la cooperativa, por el que se aprueba la
realización del libro de edificio existente para la rehabilitación objeto de la subvención. En la copia del acta o certificado del
secretario o administrador, habrá de constar el nombramiento del representante autorizado para solicitar la subvención, el
porcentaje del coeficiente o el importe del coste subvencionable que asume cada uno de los miembros de la comunidad de
propietarios, la aceptación del presupuesto, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos.
Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios profesionales y tramitación
correspondientes a la emisión del libro del edificio existente para la rehabilitación.
Y en el caso de haberme opuesto a su consulta en el apartado 5 y en el caso de no haber prestado mi consentimiento para la
consulta en el apartado 6:
Copia DNI/NIE/NIF de la persona o entidad solicitante.
Documentación acreditativa de la titularidad del edificio, viviendas y locales. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante
escritura pública, nota simple registral actualizada o certificación de titularidad catastral, o autorización al órgano gestor
para que pueda ser recabada.
EN CASO DE PERSONA O ENTIDAD AGENTE O GESTORA DE LA REHABILITACIÓN:
Copia DNI/NIE/NIF de la persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación.
Certificado correspondiente que acredite que la persona o entidad agente o gestora de al rehabilitación se encuentra al
corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
Certificado que acredite que la persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación se encuentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la persona o entidad agente o gestora
de la rehabilitación se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a dicho organismo.
Otros:
DOCUMENTOS EN PODER DE LA ADMINISTRACIÓN DE LA JUNTA DE ANDALUCÍA
Ejerzo el derecho a no presentar los siguientes documentos que obran en poder de la Administración de la Junta de Andalucía o de
sus Agencias, e indico a continuación la información necesaria para que puedan ser recabados:
Documento
Consejería/Agencia y Órgano
Fecha de emisión
o presentación
Procedimiento en el que se
emitió o en el que se presentó (1)
1
2
3
4
5
6
7
8
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
00268595
004278/A02
(1) Han de tratarse de documentos correspondientes a procedimientos que hayan finalizado en los últimos cinco años.
http://www.juntadeandalucia.es/eboja