Disposiciones generales. Consejería de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda. (2022/190-7)
Orden de 26 de septiembre de 2022, por la que se efectúa convocatoria, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones para la rehabilitación a nivel de edificio, la mejora de la eficiencia energética en viviendas, la elaboración del libro del edificio existente para la rehabilitación y la redacción de proyectos de rehabilitación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 190 - Lunes, 3 de octubre de 2022

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ANEXO II.3

7. DOCUMENTACIÓN (Continuación)
Certificado de eficiencia energética obtenido considerando realizadas las actuaciones previstas en el proyecto, realizado con
el mismo programa reconocido de certificación que el utilizado para el Certificado previo a la intervención, suscrito por
técnico competente, en el que se acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos para la obtención de la subvención.
La entrega del certificado energético se acompañará de los correspondientes archivos en formato PDF y XML.
En su caso, copia del acta o certificado del secretario o administrador, con el acuerdo de la comunidad de propietarios, de
las comunidades de propietarios o de la asamblea de la cooperativa, por el que se aprueba la ejecución de las obras de
rehabilitación objeto la subvención y petición de la subvención, en el que ha de constar el nombramiento del representante
autorizado para solicitar la subvención, el porcentaje del coeficiente o el importe del coste de las actuaciones que asume
cada uno de los miembros de la comunidad de propietarios, la aceptación del presupuesto, así como el importe de la
subvención a aplicar a cada uno de ellos.
Contrato u oferta firmada y presupuesto desglosado por partidas, mediciones, precios unitarios y totales, con el IVA
desglosado correspondiente y su aceptación expresa por parte de la comunidad de propietarios y, en su caso, justificación
de la elección del presupuesto cuando la misma no recaiga en la oferta económica mas ventajosa entre las solicitadas, que
deberán aportarse con la justificación, en aplicación del artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. En la hoja
resumen por capítulos deberá constar la firma y sello de la empresa, su NIF, y la fecha.
Documentos acreditativos de los costes subvencionables relativos a los honorarios de los profesionales intervinientes en la
gestión y desarrollo de las actuaciones, el coste de la redacción de los proyectos, informes técnicos y certificados necesarios,
los gastos derivados de la tramitación administrativa, y otros gastos generales similares debidamente justificados.
Solicitud y/o licencia urbanística cuando sea precisa, o autorización municipal análoga. Si las obras están iniciadas,
certificado del inicio de las obras firmado por técnico titulado competente o acta de replanteo, firmada y fechada por
director de la obra, empresa constructora y con el visto bueno de la propiedad.
Reportaje fotográfico, preferentemente en color, de todas aquellas zonas que se vayan a ver afectadas por las actuaciones
de rehabilitación, así como de la fachada principal del edificio.
Y en el caso de haberme opuesto a su consulta en el apartado 5 y en el caso de no haber prestado mi consentimiento para la
consulta en el apartado 6:
Copia DNI/NIE/NIF de la persona o entidad solicitante.
Documentación acreditativa de la titularidad del edificio, viviendas y locales. Esta circunstancia podrá acreditarse mediante
escritura pública, nota simple registral actualizada o certificación de titularidad catastral, o autorización al órgano gestor
para que pueda ser recabada, y, en su caso, contrato de arrendamiento y acuerdo entre las personas propietaria y
arrendataria relativo a que esta última costee a su cargo las obras de rehabilitación a cambio del pago de la renta.
Certificado de eficiencia energética del edificio existente en su estado actual, con el contenido requerido en el Real Decreto
390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los
edificios, firmado por técnico competente y registrado en el Registro de Certificados Energéticos Andaluces adscrito a la
Consejería competente en materia de energía. La entrega del certificado energético se acompañará de los correspondientes
archivos en formato PDF y XML.
EN CASO DE PERSONA O ENTIDAD AGENTE O GESTORA DE LA REHABILITACIÓN:
Copia DNI/NIE/NIF de la persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación.
Certificado correspondiente que acredite que la persona o entidad agente o gestora de al rehabilitación se encuentra al
corriente de sus obligaciones fiscales con la Hacienda del Estado.
Certificado que acredite que la persona o entidad agente o gestora de la rehabilitación se encuentra al corriente de sus
obligaciones fiscales con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que la persona o entidad agente o gestora
de la rehabilitación se encuentra al corriente de sus obligaciones frente a dicho organismo.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00268595

004276/A02

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