Autoridades y personal. Universidades. (2022/188-31)
Resolución de 9 de septiembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca concurso público para la adjudicación de plaza de Profesor Contratado Doctor, destinada a la incorporación de personal investigador de programas de excelencia nacionales o internacionales y que haya obtenido el certificado I3.
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CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA Y
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III
Número 188 - Jueves, 29 de septiembre de 2022
Hoja 15 de 17
página 15208/13
ORGANISMO:
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
PUNTUACIÓN FINAL
1. Cuando un aspirante supere la puntuación máxima prevista para un apartado o subapartado de algunos
de los cinco bloques del baremo, se le concederá la puntuación máxima prevista en el apartado o
subapartado correspondiente. En estos casos, y a diferencia del supuesto previsto en el apartado siguiente,
no se procederá a la normalización de la puntuación obtenida por las restantes aspirantes en dichos
apartados o subapartados.
2. A la puntuación total obtenida en cada uno de los bloques se le aplicará la ponderación de la siguiente
Tabla, y de la suma de todo ello se obtendrá la puntuación final. Cuando, en alguno de los cinco bloques
del baremo un aspirante supere la puntuación máxima, a ésta se le concederá el nivel máximo, en tanto
que la valoración de las demás se hará de forma proporcional.
AYUDANTE
AYTE. DOCTOR/A
CONT.DOCTOR/A
CONT.DOCTOR/A
(PERF.INVEST.)
COLABORADOR/A
ASOCIADO/A
FORMACIÓN
35
30
15
DOCENCIA
15
15
35
INVESTIGACIÓN
35
40
40
PROFESIONAL
5
5
5
OTROS
10
10
5
TOTAL
100
100
100
15
25
50
5
5
100
20
20
35
20
15
15
25
40
5
5
100
100
3. La puntuación final obtenida tras la ponderación podrá incrementarse con el porcentaje de hasta el 10%
de dicha puntuación final adjudicado por el Departamento.
4. Si como resultado de la adjudicación de hasta un 10% de la puntuación final por parte del Departamento
algún aspirante superara los 100 puntos, a este se le concederá la puntuación máxima, en tanto que la
valoración de los demás concursantes se hará de forma ponderada.
5. El valor de la puntuación final se modulará a un máximo de 10 puntos.
VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS PREFERENTES
Poseer la titulación preferente expresada en la convocatoria
El doble de la puntuación obtenida en los
apartados 1.1.1 o 1.1.2 con el límite de 20
puntos.
2
Estar habilitado o ser funcionario de los cuerpos docentes en el área de
conocimiento de la plaza (art. 48.3 LOU)
El doble de la puntuación final obtenida en los
apartados de Actividad docente (II) y Actividad
investigadora (III).
3
Ayudante y Ayudante Doctor/a: haber tenido la condición de becario/a o
personal investigador en formación reconocida en convocatorias públicas u
homologadas, con una duración mínima de dos años y no haber sido
desposeído de la misma por informe desfavorable (art. 64.2 LAU). En el
15 puntos adicionales en el apartado de
Actividad investigadora
00268479
1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
ADMINISTRACIÓN LOCAL
Secretaría General Técnica
BOJA
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
ANEXO II y III
Número 188 - Jueves, 29 de septiembre de 2022
Hoja 15 de 17
página 15208/13
ORGANISMO:
UNIVERSIDAD DE CÁDIZ
PUNTUACIÓN FINAL
1. Cuando un aspirante supere la puntuación máxima prevista para un apartado o subapartado de algunos
de los cinco bloques del baremo, se le concederá la puntuación máxima prevista en el apartado o
subapartado correspondiente. En estos casos, y a diferencia del supuesto previsto en el apartado siguiente,
no se procederá a la normalización de la puntuación obtenida por las restantes aspirantes en dichos
apartados o subapartados.
2. A la puntuación total obtenida en cada uno de los bloques se le aplicará la ponderación de la siguiente
Tabla, y de la suma de todo ello se obtendrá la puntuación final. Cuando, en alguno de los cinco bloques
del baremo un aspirante supere la puntuación máxima, a ésta se le concederá el nivel máximo, en tanto
que la valoración de las demás se hará de forma proporcional.
AYUDANTE
AYTE. DOCTOR/A
CONT.DOCTOR/A
CONT.DOCTOR/A
(PERF.INVEST.)
COLABORADOR/A
ASOCIADO/A
FORMACIÓN
35
30
15
DOCENCIA
15
15
35
INVESTIGACIÓN
35
40
40
PROFESIONAL
5
5
5
OTROS
10
10
5
TOTAL
100
100
100
15
25
50
5
5
100
20
20
35
20
15
15
25
40
5
5
100
100
3. La puntuación final obtenida tras la ponderación podrá incrementarse con el porcentaje de hasta el 10%
de dicha puntuación final adjudicado por el Departamento.
4. Si como resultado de la adjudicación de hasta un 10% de la puntuación final por parte del Departamento
algún aspirante superara los 100 puntos, a este se le concederá la puntuación máxima, en tanto que la
valoración de los demás concursantes se hará de forma ponderada.
5. El valor de la puntuación final se modulará a un máximo de 10 puntos.
VALORACIÓN DE LOS MÉRITOS PREFERENTES
Poseer la titulación preferente expresada en la convocatoria
El doble de la puntuación obtenida en los
apartados 1.1.1 o 1.1.2 con el límite de 20
puntos.
2
Estar habilitado o ser funcionario de los cuerpos docentes en el área de
conocimiento de la plaza (art. 48.3 LOU)
El doble de la puntuación final obtenida en los
apartados de Actividad docente (II) y Actividad
investigadora (III).
3
Ayudante y Ayudante Doctor/a: haber tenido la condición de becario/a o
personal investigador en formación reconocida en convocatorias públicas u
homologadas, con una duración mínima de dos años y no haber sido
desposeído de la misma por informe desfavorable (art. 64.2 LAU). En el
15 puntos adicionales en el apartado de
Actividad investigadora
00268479
1
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja