Autoridades y personal. Universidades. (2022/187-30)
Resolución de 23 de septiembre de 2022, de la Universidad de Córdoba, por la que se convocan pruebas selectivas para la provisión, por acceso libre, de una plaza de Titulado de Grado Medio en la Unidad de Cultura Científica, por el sistema de concurso-oposición.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15131/8
7. Relación de personas aprobadas y calificación final.
7.1 Concluido los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal publicará, en el
Portal del Personal, apartado «convocatorias de empleo PAS» de la página web de la
Universidad de Córdoba, una relación provisional de las personas aspirantes que hayan
superado la fase oposición, con indicación de la puntuación obtenida, y se abrirá un plazo
de diez días hábiles para posibles reclamaciones.
Las personas opositoras que no se hallen incluidas en dicha relación tendrán
la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso
selectivo.
7.2. Finalizado dicho plazo, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio indicado anteriormente, la relación definitiva de aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, y abrirá un plazo para la presentación de la
documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso.
7.3. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa de los
méritos alegados para la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en el medio antes
citado, la puntuación obtenida en la fase de concurso por las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, aplicando para ello el baremo del Anexo I, y se
otorgará un plazo de diez días hábiles para posibles reclamaciones.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba la
relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, con indicación
del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de
concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268405
6.2. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas opositoras para
que acrediten su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de cada ejercicio
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4. La fecha, hora y lugar de realización de los ejercicios se anunciará en el Portal del
Personal, apartado «convocatorias de empleo PAS» de la página web de la Universidad
de Córdoba, con una antelación no inferior a quince días, a partir de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la resolución por la que se eleve a definitiva la
relación de personas admitidas y excluidas.
6.5. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión
al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de
existir, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud
de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la resolución que acuerde la exclusión definitiva, la persona interesada podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación
de la citada resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15131/8
7. Relación de personas aprobadas y calificación final.
7.1 Concluido los ejercicios de la fase de oposición, el Tribunal publicará, en el
Portal del Personal, apartado «convocatorias de empleo PAS» de la página web de la
Universidad de Córdoba, una relación provisional de las personas aspirantes que hayan
superado la fase oposición, con indicación de la puntuación obtenida, y se abrirá un plazo
de diez días hábiles para posibles reclamaciones.
Las personas opositoras que no se hallen incluidas en dicha relación tendrán
la consideración de no aptas a todos los efectos, quedando eliminadas del proceso
selectivo.
7.2. Finalizado dicho plazo, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio indicado anteriormente, la relación definitiva de aspirantes
que hayan superado la fase de oposición, y abrirá un plazo para la presentación de la
documentación acreditativa de los méritos alegados para la fase de concurso.
7.3. Transcurrido el plazo de presentación de la documentación acreditativa de los
méritos alegados para la fase de concurso, el Tribunal hará pública, en el medio antes
citado, la puntuación obtenida en la fase de concurso por las personas aspirantes que
hayan superado la fase de oposición, aplicando para ello el baremo del Anexo I, y se
otorgará un plazo de diez días hábiles para posibles reclamaciones.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá aplicarse para
superar el ejercicio de la fase de oposición.
7.4. Finalizado el plazo anterior, el Tribunal resolverá las reclamaciones, si las hubiera,
haciéndose pública, en el medio anteriormente citado, la valoración definitiva de la fase
de concurso.
7.5. Asimismo, el Tribunal publicará en la página web de la Universidad de Córdoba la
relación definitiva de aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, con indicación
del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte, codificados, en la que constarán
las calificaciones obtenidas en la fase de oposición, las puntuaciones de la fase de
concurso y la puntuación final, constituida por la puntuación total de ambas fases.
En caso de empate, se dirimirá este a favor del aspirante que haya obtenido mayor
calificación en la fase de oposición, y, de persistir el empate, se atenderá a la puntuación
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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6.2. El Tribunal podrá requerir, en cualquier momento, a las personas opositoras para
que acrediten su identidad.
6.3. Las personas aspirantes serán convocadas para la realización de cada ejercicio
de la fase de oposición en llamamiento único, siendo excluidas del concurso-oposición
aquellas personas que no comparezcan, salvo en los casos debidamente justificados y
libremente apreciados por el Tribunal.
6.4. La fecha, hora y lugar de realización de los ejercicios se anunciará en el Portal del
Personal, apartado «convocatorias de empleo PAS» de la página web de la Universidad
de Córdoba, con una antelación no inferior a quince días, a partir de la publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de la resolución por la que se eleve a definitiva la
relación de personas admitidas y excluidas.
6.5. Si en cualquier momento del proceso selectivo el Tribunal tuviera conocimiento
de que alguna de las personas aspirantes no posee la totalidad de los requisitos exigidos
por la presente convocatoria, previa audiencia de la misma, deberá proponer su exclusión
al Señor Rector Magnífico de la Universidad de Córdoba, comunicándole, en caso de
existir, las inexactitudes o falsedades formuladas por la persona aspirante en la solicitud
de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.
Contra la resolución que acuerde la exclusión definitiva, la persona interesada podrá
interponer, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar desde
el día siguiente a la publicación de la misma, ante este Rectorado, o recurso contenciosoadministrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación
de la citada resolución, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Córdoba.