Disposiciones generales. Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul. (2022/187-4)
Orden de 23 de septiembre de 2022, por la que se hace pública la XXVI Convocatoria del Premio Andalucía de Medio Ambiente.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15117/4
de Andalucía, sobre representación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos
colegiados.
4. La designación de los miembros del Jurado se publicará en la página web de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
5. El Jurado podrá solicitar cualquier documento adicional para verificar la información
aportada por las candidaturas presentadas.
6. Las incidencias derivadas del proceso de presentación y valoración de las
candidaturas serán resueltas por el Jurado.
7. Los acuerdos del Jurado se adoptarán por mayoría simple de sus miembros. En
caso de empate, prevalecerá el voto de calidad de la presidencia del Jurado.
Sexta. Criterios de evaluación.
El Jurado valorará de forma independiente las candidaturas presentadas, atendiendo
a los siguientes criterios de evaluación:
1. Calidad de la propuesta y apoyos: Claridad y calidad en la exposición y presentación
del proyecto o iniciativa. Asimismo, se valorará la aportación de apoyos a la candidatura.
2. Carácter innovador, esfuerzo y compromiso: Se valorarán especialmente proyectos
o iniciativas que constituyan soluciones prácticas e innovadoras a problemas ambientales
no resueltos, y que permitan generar conciencia sobre los principales retos y desafíos del
medio ambiente. De igual modo, aquellas candidaturas presentadas por organizaciones
que hayan mostrado su compromiso con el cambio climático a través de acciones
concretas, como contar con la huella de carbono de su actividad inscrita en el Sistema
Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE)1. Asimismo, aquellas que estén inscritas
en el sistema de gestión ambiental EMAS.
3. Impacto y relevancia en el contexto local, nacional o internacional.
Octava. Premio.
1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 5 del Decreto 126/2001, de 5 de
junio, el premio consistirá en una escultura de un artista andaluz de reconocido prestigio
y un diploma acreditativo de la concesión.
2. El Premio, en cualquiera de sus modalidades, podrá ser compartido cuando, a
juicio del Jurado, los méritos reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen. Asimismo,
podrán ser declarados desiertos los premios en todas o algunas de sus modalidades
cuando, a juicio del Jurado, las candidaturas no reúnan los méritos suficientes.
3. La entrega de los galardones se hará en acto público, cuya fecha y lugar se
anunciará previamente en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul.
4. Las personas o entidades premiadas podrán hacer difusión del premio recibido,
indicando expresamente su denominación, modalidad y la edición a que corresponde.
5. La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul podrá difundir, a
través de cualquier soporte tecnológico los trabajos, proyectos, actuaciones o iniciativas
premiadas como forma de dar publicidad al premio y a las personas o entidades
premiadas.
1 Se considerarán las huellas registradas desde el año 2017 en adelante. Las solicitudes de inscripción
validadas desde el órgano gestor del Registro serán igualmente valoradas, aunque no se encuentre
formalizada la inscripción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268389
Séptima. Fallo.
El fallo del Jurado, que será motivado, se producirá en un plazo máximo de 2 meses,
a contar desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas y se hará público
mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la web de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 187 - Miércoles, 28 de septiembre de 2022
página 15117/4
de Andalucía, sobre representación equilibrada de mujeres y hombres en los órganos
colegiados.
4. La designación de los miembros del Jurado se publicará en la página web de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.
5. El Jurado podrá solicitar cualquier documento adicional para verificar la información
aportada por las candidaturas presentadas.
6. Las incidencias derivadas del proceso de presentación y valoración de las
candidaturas serán resueltas por el Jurado.
7. Los acuerdos del Jurado se adoptarán por mayoría simple de sus miembros. En
caso de empate, prevalecerá el voto de calidad de la presidencia del Jurado.
Sexta. Criterios de evaluación.
El Jurado valorará de forma independiente las candidaturas presentadas, atendiendo
a los siguientes criterios de evaluación:
1. Calidad de la propuesta y apoyos: Claridad y calidad en la exposición y presentación
del proyecto o iniciativa. Asimismo, se valorará la aportación de apoyos a la candidatura.
2. Carácter innovador, esfuerzo y compromiso: Se valorarán especialmente proyectos
o iniciativas que constituyan soluciones prácticas e innovadoras a problemas ambientales
no resueltos, y que permitan generar conciencia sobre los principales retos y desafíos del
medio ambiente. De igual modo, aquellas candidaturas presentadas por organizaciones
que hayan mostrado su compromiso con el cambio climático a través de acciones
concretas, como contar con la huella de carbono de su actividad inscrita en el Sistema
Andaluz de Compensación de Emisiones (SACE)1. Asimismo, aquellas que estén inscritas
en el sistema de gestión ambiental EMAS.
3. Impacto y relevancia en el contexto local, nacional o internacional.
Octava. Premio.
1. De acuerdo con lo establecido en los artículos 2 y 5 del Decreto 126/2001, de 5 de
junio, el premio consistirá en una escultura de un artista andaluz de reconocido prestigio
y un diploma acreditativo de la concesión.
2. El Premio, en cualquiera de sus modalidades, podrá ser compartido cuando, a
juicio del Jurado, los méritos reconocidos a las candidaturas así lo aconsejen. Asimismo,
podrán ser declarados desiertos los premios en todas o algunas de sus modalidades
cuando, a juicio del Jurado, las candidaturas no reúnan los méritos suficientes.
3. La entrega de los galardones se hará en acto público, cuya fecha y lugar se
anunciará previamente en la web de la Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y
Economía Azul.
4. Las personas o entidades premiadas podrán hacer difusión del premio recibido,
indicando expresamente su denominación, modalidad y la edición a que corresponde.
5. La Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul podrá difundir, a
través de cualquier soporte tecnológico los trabajos, proyectos, actuaciones o iniciativas
premiadas como forma de dar publicidad al premio y a las personas o entidades
premiadas.
1 Se considerarán las huellas registradas desde el año 2017 en adelante. Las solicitudes de inscripción
validadas desde el órgano gestor del Registro serán igualmente valoradas, aunque no se encuentre
formalizada la inscripción.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268389
Séptima. Fallo.
El fallo del Jurado, que será motivado, se producirá en un plazo máximo de 2 meses,
a contar desde la finalización del plazo de presentación de candidaturas y se hará público
mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y en la web de la
Consejería de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Economía Azul.