3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/185-49)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Intervención General de la Junta de Andalucía, por la que se establece la guía de fiscalización previa de los expedientes de gasto de transferencias con asignación nominativa financiadas con fondos finalistas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 185 - Lunes, 26 de septiembre de 2022
página 14989/5
Cuarta. Entrada en vigor y adaptación de expedientes ya tramitados.
La presente instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las transferencias de financiación de asignación
nominativa de fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ya
tramitadas deberán modificar el expediente adaptándolo a lo anteriormente expuesto,
debiendo constar en la resolución el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 1/2022,
de 12 de abril de la Secretaría General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda
y Función Pública y el contenido recogido en la instrucción segunda. Igualmente deberá
constar en el expediente la aceptación expresa de la entidad instrumental manifestando
que cumplirá con los requisitos recogidos en el punto 3 del apartado Cuarto de la
Resolución 1/2022, firmada por persona representante de la entidad instrumental con
poder suficiente para ello.
Si se hubieran tramitado como pagos en firme cantidades que deberán ser
posteriormente justificadas, se realizarán las modificaciones contables necesarias para
indicar su régimen de pagos de justificación diferida y su plazo de justificación.
Sevilla, 14 de septiembre de 2022.- La Interventora General, María Antonia González Pavón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268264
Los extremos a comprobar en la fiscalización previa serán los recogidos en los apartados
a) y b) del artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía y la comprobación de la incorporación de la actuación en el PRTR.
b) Fiscalización previa del reconocimiento de la obligación y propuesta de pago:
En esta fase deberá remitirse a la Intervención competente para su correspondiente
fiscalización la siguiente documentación:
- Propuesta del documento contable de pago OJ debidamente cumplimentada, en
caso de que se trate de un anticipo, en el que se consignarán los datos de justificación
diferida del pago.
- Propuesta de documento O cuando se trate de pago en firme de justificación previa,
acompañado de la documentación acreditativa del cumplimiento de los hitos y objetivos
de acuerdo con las disposiciones operativas del PRTR y de la adecuada aplicación de los
fondos recibidos.
Además, con el pago, se deberá adjuntar:
- Original de documento contable AD autorizado por el órgano competente.
- Resolución administrativa o convenio debidamente suscritos en los términos ya indicados.
- Si el instrumento jurídico utilizado hubiera sido una resolución administrativa, deberá
remitirse la aceptación expresa de la entidad instrumental manifestando que cumplirá con
los requisitos recogidos en el punto 3 del apartado cuarto de la Resolución 1/2022, firmada
por persona representante de la entidad instrumental con poder suficiente para ello.
- Comunicación de la entidad ejecutora a la Secretaría General de Fondos Europeos
del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de la relación de las entidades del sector
público con participación instrumental en el cumplimiento del PRTR a las que haya
asignado o prevea asignar la realización de algunas de las acciones previstas en el PRTR.
- Remisión a la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la previsión
de ejecución presupuestaria en los términos establecidos en el párrafo segundo de la
disposición adicional primera de la Orden de 29 de octubre de 2021 de la Consejería de
Hacienda y Financiación Europea, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2021 y
apertura del ejercicio presupuestario de 2022.
c) Fase de justificación:
En los supuestos de pago anticipado habrá de justificarse la realización de la acción
prevista en el PRTR de la que sea responsable, y de acreditarse la aplicación de los
fondos recibidos, debiendo aportarse a la Intervención competente:
- Propuesta de documento J debidamente cumplimentada.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los hitos y objetivos de acuerdo con
las disposiciones operativas del PRTR y de la adecuada aplicación de los fondos recibidos.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 185 - Lunes, 26 de septiembre de 2022
página 14989/5
Cuarta. Entrada en vigor y adaptación de expedientes ya tramitados.
La presente instrucción entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía. Las transferencias de financiación de asignación
nominativa de fondos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia ya
tramitadas deberán modificar el expediente adaptándolo a lo anteriormente expuesto,
debiendo constar en la resolución el cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución 1/2022,
de 12 de abril de la Secretaría General de Fondos Europeos del Ministerio de Hacienda
y Función Pública y el contenido recogido en la instrucción segunda. Igualmente deberá
constar en el expediente la aceptación expresa de la entidad instrumental manifestando
que cumplirá con los requisitos recogidos en el punto 3 del apartado Cuarto de la
Resolución 1/2022, firmada por persona representante de la entidad instrumental con
poder suficiente para ello.
Si se hubieran tramitado como pagos en firme cantidades que deberán ser
posteriormente justificadas, se realizarán las modificaciones contables necesarias para
indicar su régimen de pagos de justificación diferida y su plazo de justificación.
Sevilla, 14 de septiembre de 2022.- La Interventora General, María Antonia González Pavón.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268264
Los extremos a comprobar en la fiscalización previa serán los recogidos en los apartados
a) y b) del artículo 90.3 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la
Junta de Andalucía y la comprobación de la incorporación de la actuación en el PRTR.
b) Fiscalización previa del reconocimiento de la obligación y propuesta de pago:
En esta fase deberá remitirse a la Intervención competente para su correspondiente
fiscalización la siguiente documentación:
- Propuesta del documento contable de pago OJ debidamente cumplimentada, en
caso de que se trate de un anticipo, en el que se consignarán los datos de justificación
diferida del pago.
- Propuesta de documento O cuando se trate de pago en firme de justificación previa,
acompañado de la documentación acreditativa del cumplimiento de los hitos y objetivos
de acuerdo con las disposiciones operativas del PRTR y de la adecuada aplicación de los
fondos recibidos.
Además, con el pago, se deberá adjuntar:
- Original de documento contable AD autorizado por el órgano competente.
- Resolución administrativa o convenio debidamente suscritos en los términos ya indicados.
- Si el instrumento jurídico utilizado hubiera sido una resolución administrativa, deberá
remitirse la aceptación expresa de la entidad instrumental manifestando que cumplirá con
los requisitos recogidos en el punto 3 del apartado cuarto de la Resolución 1/2022, firmada
por persona representante de la entidad instrumental con poder suficiente para ello.
- Comunicación de la entidad ejecutora a la Secretaría General de Fondos Europeos
del Ministerio de Hacienda y Función Pública, de la relación de las entidades del sector
público con participación instrumental en el cumplimiento del PRTR a las que haya
asignado o prevea asignar la realización de algunas de las acciones previstas en el PRTR.
- Remisión a la Dirección General de Tesorería y Deuda Pública de la previsión
de ejecución presupuestaria en los términos establecidos en el párrafo segundo de la
disposición adicional primera de la Orden de 29 de octubre de 2021 de la Consejería de
Hacienda y Financiación Europea, sobre cierre del ejercicio presupuestario de 2021 y
apertura del ejercicio presupuestario de 2022.
c) Fase de justificación:
En los supuestos de pago anticipado habrá de justificarse la realización de la acción
prevista en el PRTR de la que sea responsable, y de acreditarse la aplicación de los
fondos recibidos, debiendo aportarse a la Intervención competente:
- Propuesta de documento J debidamente cumplimentada.
- Documentación acreditativa del cumplimiento de los hitos y objetivos de acuerdo con
las disposiciones operativas del PRTR y de la adecuada aplicación de los fondos recibidos.