Disposiciones generales. Universidades. (2022/183-5)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de resolución del Vicerrectorado de Internacionalización, por la que se autoriza el gasto y se convocan ayudas para estudiantes y personal universitarios procedentes de instituciones de educación superior de países en situación de emergencia y para estudiantes, personal docente e investigador refugiado o demandante de protección internacional en el curso académico 2022/2023. Plan Propio de Cooperación al Desarrollo 2022. Programa 4.5.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Jueves, 22 de septiembre de 2022

página 14833/1

1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada,
por la que se publica el extracto de resolución del Vicerrectorado de
Internacionalización, por la que se autoriza el gasto y se convocan ayudas para
estudiantes y personal universitarios procedentes de instituciones de educación
superior de países en situación de emergencia y para estudiantes, personal
docente e investigador refugiado o demandante de protección internacional en
el curso académico 2022/2023. Plan Propio de Cooperación al Desarrollo 2022.
Programa 4.5.
BDNS (Identif.) 649058.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Beneficiarios.
Las personas destinatarias deben contar con los requisitos correspondientes de entre
los siguientes:
a) Poseer el estatuto de refugiado/a en España, conforme a la Ley 12/2009, de 30 de
octubre, reguladora del Derecho de Asilo y de la Protección Subsidiaria, o ser solicitante
de protección internacional en España o estar en posesión del resguardo de solicitud de
protección internacional o del justificante de la cita de la entrevista de solicitud de asilo a
fecha de fin de presentación de solicitudes.
b) Estar en situación de necesidad económica que le imposibilite hacerse cargo de
los costes de matrícula de y/o alojamiento y manutención.
c) No estar incursas en alguna de las prohibiciones señaladas en el artículo 13.2 de la
Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
d) En caso de solicitantes de la modalidad 1 (grado) y 2 (máster), acreditar que se ha
solicitado el acceso a los estudios correspondientes en la UGR a través del Distrito Único
Andaluz (DUA) o mediante traslado de expediente.
e) En caso de solicitantes de la modalidad 3 (doctorado e investigación), acreditar
haber sido admitidas para realizar una estancia de investigación en alguno de los grupos
del PAIDI o de haber solicitado la admisión en estudios de doctorado o estar inscrita en
ellos.

Tercero. Cuantía.
La cuantía total máxima de las ayudas contempladas en esta convocatoria será de
33.417,60 €, de los cuales se imputarían las cuantías máximas siguientes: 12.400 € en el
ejercicio 2022 y 21.017,60 € en el ejercicio 2023.
En caso de concederse, las ayudas se financiarán con cargo a la orgánica
3020450000, subprograma de gasto 422D7, económica 482.99.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00268098

Segundo. Objeto.
El objeto de la presente convocatoria de ayudas económicas es favorecer que
personas refugiadas, demandantes de protección internacional o apátridas que cumplan
los requisitos del artículo 5, inicien o continúen en la UGR durante el curso académico
2022/2023 estudios oficiales superiores o labores de investigación.