Disposiciones generales. Universidades. (2022/183-6)
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por la que se publica el extracto de la Resolución de la Universidad de Granada (Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad), por la que se convocan ayudas y becas propias en el marco del programa de intervención social hacia estudiantes con discapacidad y otras necesidades específicas de apoyo educativo (NEAE) para el curso académico 2022/2023.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Jueves, 22 de septiembre de 2022
página 14840/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por
la que se publica el extracto de la Resolución de la Universidad de Granada
(Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad), por la que se convocan
ayudas y becas propias en el marco del programa de intervención social
hacia estudiantes con discapacidad y otras necesidades específicas de apoyo
educativo (NEAE) para el curso académico 2022/2023.
BDNS (identif.): 649087.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Beneficiarios.
Podrán participar las ayudas aquellos estudiantes con discapacidad y/o NEAE, que
necesiten apoyo para el desarrollo de su actividad académica y estudiantes colaboradores
de los estudiantes con discapacidad y/o NEAE, con el fin de ayudarles a la incorporación
plena y efectiva en el aula y en el entorno universitario en general.
Segundo. Objeto.
Dotar a los estudiantes con discapacidad y/o NEAE de medidas de apoyo que
favorezcan su integración en la docencia y en la vida universitaria.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes de las Líneas 1 y 2 será desde el día
siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta el 30 de abril de 2023.
El plazo para la presentación de la Línea 3:
1.er Semestre, desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta el 7 de noviembre
de 2022.
2.º Semestre, desde el 20 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.
Granada, 19 de septiembre de 2022.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268120
Tercero. Cuantía.
La beca, concedida para su disfrute en el curso 2022/2023, comprende tres líneas de
actuación cuyos importes varían en función de los créditos matriculados en el presente curso.
Línea 1: Máximo de 150 euros para favorecer la inclusión en la comunidad universitaria.
Línea 2: Máximo de 600 euros para los estudiantes colaboradores que
excepcionalmente podrá ampliarse a 800 si hay dedicación extraordinaria.
Línea 3: Máximo de 1500 euros para aquellos estudiantes que no puedan disfrutar de
el Servicio de Transporte Adaptado y presenten movilidad reducida o ayuda de tercera
persona.
Las ayudas concedidas se financiarán con cargo al centro de gasto 3020200000,
programa de gasto 422D y aplicación económica 480.08, hasta un máximo de 127.500 €.
En caso de que el presupuesto destinado en cualquiera de las modalidades
anteriormente citadas no se adjudique en su totalidad, la Subcomisión de la Comisión de
Becas Propias podrá decidir su redistribución entre las líneas de la presente convocatoria.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 183 - Jueves, 22 de septiembre de 2022
página 14840/1
1. Disposiciones generales
UNIVERSIDADES
Resolución de 19 de septiembre de 2022, de la Universidad de Granada, por
la que se publica el extracto de la Resolución de la Universidad de Granada
(Vicerrectorado de Estudiantes y Empleabilidad), por la que se convocan
ayudas y becas propias en el marco del programa de intervención social
hacia estudiantes con discapacidad y otras necesidades específicas de apoyo
educativo (NEAE) para el curso académico 2022/2023.
BDNS (identif.): 649087.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo
texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Beneficiarios.
Podrán participar las ayudas aquellos estudiantes con discapacidad y/o NEAE, que
necesiten apoyo para el desarrollo de su actividad académica y estudiantes colaboradores
de los estudiantes con discapacidad y/o NEAE, con el fin de ayudarles a la incorporación
plena y efectiva en el aula y en el entorno universitario en general.
Segundo. Objeto.
Dotar a los estudiantes con discapacidad y/o NEAE de medidas de apoyo que
favorezcan su integración en la docencia y en la vida universitaria.
Cuarto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes de las Líneas 1 y 2 será desde el día
siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial
de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta el 30 de abril de 2023.
El plazo para la presentación de la Línea 3:
1.er Semestre, desde el día siguiente de la publicación del extracto de la presente
convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA) hasta el 7 de noviembre
de 2022.
2.º Semestre, desde el 20 de febrero hasta el 31 de marzo de 2023.
Granada, 19 de septiembre de 2022.- La Rectora, María Pilar Aranda Ramírez.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268120
Tercero. Cuantía.
La beca, concedida para su disfrute en el curso 2022/2023, comprende tres líneas de
actuación cuyos importes varían en función de los créditos matriculados en el presente curso.
Línea 1: Máximo de 150 euros para favorecer la inclusión en la comunidad universitaria.
Línea 2: Máximo de 600 euros para los estudiantes colaboradores que
excepcionalmente podrá ampliarse a 800 si hay dedicación extraordinaria.
Línea 3: Máximo de 1500 euros para aquellos estudiantes que no puedan disfrutar de
el Servicio de Transporte Adaptado y presenten movilidad reducida o ayuda de tercera
persona.
Las ayudas concedidas se financiarán con cargo al centro de gasto 3020200000,
programa de gasto 422D y aplicación económica 480.08, hasta un máximo de 127.500 €.
En caso de que el presupuesto destinado en cualquiera de las modalidades
anteriormente citadas no se adjudique en su totalidad, la Subcomisión de la Comisión de
Becas Propias podrá decidir su redistribución entre las líneas de la presente convocatoria.