Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/532-2)
Resolución de 21 de septiembre de 2022, de la Delegación Territorial de Salud y Consumo en Cádiz, por la que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y excepcionales por razón de la salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19 finalizado el estado de alarma, en la provincia de Cádiz.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 32 - Miércoles, 21 de septiembre de 2022
página 14982/3
RESU ELVO
Primero. Mantener, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública
de Alto Impacto, el nivel de alerta sanitaria 0 a los municipios de los Distritos Sanitarios
relacionados en el Anexo I a la presente resolución.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas
para el nivel de alerta sanitaria 0, previstas en la Orden de 7 de mayo de 2021, por la
que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y
excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19
finalizado el estado de alarma, sus posteriores prórrogas y demás normativa vigente en
materia de Salud Pública.
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde las
00:00 horas del día 22 de septiembre de 2022 hasta las 00:00 horas del 21 de octubre de
2022, manteniéndose vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios
y, en todo caso, durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución tanto a la Subdelegación del Gobierno en
Cádiz como a los Ayuntamientos afectados, con el objeto de recabar su cooperación y
colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y
de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Cádiz, 21 de septiembre de 2022.- La Consejera de Salud y Consumo, P.D. (Orden de
7.5.2021, BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, y Orden 8.11.2020, BOJA extraordinario,
núm. 77, de 8.11.2020), la Delegada, Eva Francisca Pajares Ruiz.
ANEXO I
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA 0
DISTRITO SANITARIO CAMPO DE GIBRALTAR ESTE
Castellar de la Frontera
Jimena de la Frontera
San Martín del Tesorillo
Línea de la Concepción (La)
San Roque
00268256
DISTRITO SANITARIO JEREZ-COSTA NOROESTE
Chipiona
Jerez de la Frontera
Rota
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 32 - Miércoles, 21 de septiembre de 2022
página 14982/3
RESU ELVO
Primero. Mantener, previo informe del Comité Territorial de Alertas de Salud Pública
de Alto Impacto, el nivel de alerta sanitaria 0 a los municipios de los Distritos Sanitarios
relacionados en el Anexo I a la presente resolución.
Segundo. Adoptar las medidas de salud pública generales y las establecidas
para el nivel de alerta sanitaria 0, previstas en la Orden de 7 de mayo de 2021, por la
que se establecen los niveles de alerta sanitaria y se adoptan medidas temporales y
excepcionales por razón de salud pública en Andalucía para la contención de la COVID-19
finalizado el estado de alarma, sus posteriores prórrogas y demás normativa vigente en
materia de Salud Pública.
Tercero. La adopción de los niveles de alerta sanitaria producirá efectos desde las
00:00 horas del día 22 de septiembre de 2022 hasta las 00:00 horas del 21 de octubre de
2022, manteniéndose vigentes mientras la situación epidemiológica no presente cambios
y, en todo caso, durante un mínimo de 7 días naturales, todo ello de conformidad con lo
dispuesto en la Orden de 7 de mayo de 2021.
Cuarto. Dar traslado de esta resolución tanto a la Subdelegación del Gobierno en
Cádiz como a los Ayuntamientos afectados, con el objeto de recabar su cooperación y
colaboración, en su caso, a través de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado y
de la Policía Local, para el control y aplicación de las medidas adoptadas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la hubiera dictado, en el
plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad
con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o ser impugnada
directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Cádiz, 21 de septiembre de 2022.- La Consejera de Salud y Consumo, P.D. (Orden de
7.5.2021, BOJA extraordinario núm. 41, de 7.5.2021, y Orden 8.11.2020, BOJA extraordinario,
núm. 77, de 8.11.2020), la Delegada, Eva Francisca Pajares Ruiz.
ANEXO I
MUNICIPIOS QUE SE MANTIENEN EN EL NIVEL DE ALERTA 0
DISTRITO SANITARIO CAMPO DE GIBRALTAR ESTE
Castellar de la Frontera
Jimena de la Frontera
San Martín del Tesorillo
Línea de la Concepción (La)
San Roque
00268256
DISTRITO SANITARIO JEREZ-COSTA NOROESTE
Chipiona
Jerez de la Frontera
Rota
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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