Autoridades y personal. Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. (2022/182-64)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Secretaría General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo del Ayuntamiento de Fuengirola (Málaga) denominado Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local de clase 1.ª - 23590, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de libre designación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Miércoles, 21 de septiembre de 2022
página 14762/3
En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la convocatoria y deberá ir acompañada de una declaración responsable de
no estar incursos en ninguna de las situaciones recogidas en los apartados a), b) y c) del
artículo 36.2 del Real Decreto 128/2018.
2. Los interesados dirigirán sus solicitudes a la señora Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Fuengirola, acompañando currículum vitae comprensivo de los
títulos académicos; puestos desempeñados en la Administración Pública; experiencia
profesional y servicios prestados, cursos de formación; y cuantos otros méritos considere
relevantes para acreditar su capacidad e idoneidad para el desempeño del puesto de
trabajo convocado con su correspondiente documentación acreditativa.
Los méritos alegados deberán ser justificados y acompañados con la documentación
acreditativa correspondiente. En relación con la documentación aportada y a efectos de
la valoración de los méritos alegados se podrá recabar de quienes participen cuantas
aclaraciones o documentación adicional se considere necesaria.
La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al
que se refieren las presentes bases, comportará la plena aceptación de las mismas.
Admisión de aspirantes.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de
admitidos/as y excluidos/as en el apartado de empleo público de la sede electrónica
www.fuengirola.org
quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.
Resolución de la convocatoria y nombramiento.
En el plazo máximo de un mes desde la terminación del plazo de presentación
de solicitudes la Alcaldía-Presidencia resolverá motivadamente el proceso de libre
designación a favor del aspirante que considere más idóneo para el puesto de trabajo
en atención a la naturaleza de las funciones a desempeñar, previa constatación de la
concurrencia de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y a la vista de la
trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes. A estos efectos, podrá
requerir cuantos informes considere oportunos.
La resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato
elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, a la vista de la
trayectoria profesional y los méritos acreditados.
El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos
establecidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditado en el
procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del
procedimiento establecido.
La resolución de la convocatoria se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado
de la misma al órgano competente del la Comunidad Autónoma y al Ministerio de
Hacienda y Función Pública, para la publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme
exige el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018.
Normativa supletoria.
En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será aplicable el Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás
disposiciones que resulten de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268035
Toma de posesión.
El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será el establecido en el
artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 182 - Miércoles, 21 de septiembre de 2022
página 14762/3
En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la convocatoria y deberá ir acompañada de una declaración responsable de
no estar incursos en ninguna de las situaciones recogidas en los apartados a), b) y c) del
artículo 36.2 del Real Decreto 128/2018.
2. Los interesados dirigirán sus solicitudes a la señora Alcaldesa-Presidenta del
Ayuntamiento de Fuengirola, acompañando currículum vitae comprensivo de los
títulos académicos; puestos desempeñados en la Administración Pública; experiencia
profesional y servicios prestados, cursos de formación; y cuantos otros méritos considere
relevantes para acreditar su capacidad e idoneidad para el desempeño del puesto de
trabajo convocado con su correspondiente documentación acreditativa.
Los méritos alegados deberán ser justificados y acompañados con la documentación
acreditativa correspondiente. En relación con la documentación aportada y a efectos de
la valoración de los méritos alegados se podrá recabar de quienes participen cuantas
aclaraciones o documentación adicional se considere necesaria.
La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al
que se refieren las presentes bases, comportará la plena aceptación de las mismas.
Admisión de aspirantes.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de
admitidos/as y excluidos/as en el apartado de empleo público de la sede electrónica
www.fuengirola.org
quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos.
Resolución de la convocatoria y nombramiento.
En el plazo máximo de un mes desde la terminación del plazo de presentación
de solicitudes la Alcaldía-Presidencia resolverá motivadamente el proceso de libre
designación a favor del aspirante que considere más idóneo para el puesto de trabajo
en atención a la naturaleza de las funciones a desempeñar, previa constatación de la
concurrencia de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y a la vista de la
trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes. A estos efectos, podrá
requerir cuantos informes considere oportunos.
La resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato
elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, a la vista de la
trayectoria profesional y los méritos acreditados.
El puesto deberá ser adjudicado entre los candidatos que reúnan los requisitos
establecidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditado en el
procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del
procedimiento establecido.
La resolución de la convocatoria se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado
de la misma al órgano competente del la Comunidad Autónoma y al Ministerio de
Hacienda y Función Pública, para la publicación en el Boletín Oficial del Estado, conforme
exige el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018.
Normativa supletoria.
En todo aquello que no esté previsto en las presentes bases será aplicable el Real
Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los
funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y demás
disposiciones que resulten de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00268035
Toma de posesión.
El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será el establecido en el
artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.