Disposiciones generales. Universidades. (2022/181-2)
Resolución de 14 de septiembre de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se anuncia el avance de la convocatoria complementaria de Ayudas para la Recualificación del Sistema Universitario Español para 2021-2023, en la modalidad de ayudas para la Recualificación del profesorado universitario funcionario o contratado.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 181 - Martes, 20 de septiembre de 2022

página 14658/2

ante la posibilidad de que se produzcan futuras renuncias, bajo una convocatoria
complementaria de ayudas con carácter plurianual para la Recualificación del Sistema
Universitario Español para 2021-2023, en la modalidad de ayudas para la Recualificación
del Profesorado universitario funcionario o contratado, de acuerdo a lo establecido
en la base 3.8., letra b de la Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/
R155REC/2021, de 2 de julio, por la que se publica la convocatoria de ayudas para la
recualificación del sistema universitario español para 2021-2023.
La formalización y ejecución de las correspondientes ayudas se realizarán con
cargo a los fondos, no comprometidos, al no existir lista de reserva, de la modalidad de
recualificación del profesorado universitario funcionario o contratado, de la convocatoria
inicial efectuada por Resolución del Rector de la Universidad de Cádiz UCA/
R155REC/2021, de 2 de julio.
2. Requisitos de los solicitantes.
El profesorado solicitante de la modalidad de ayudas para la recualificación del
profesorado universitario funcionario o contratado deberá cumplir los siguientes requisitos:
a) Prestar servicio en la Universidad de Cádiz, en calidad de Profesor Titular de
Universidad, Profesor Contratado Doctor o Profesor Ayudante Doctor.
b) Solicitar la incorporación en una Universidad o Centro de Investigación Públicos
distintos a la Universidad de Cádiz.
El profesorado Titular de Universidad y el Contratado Doctor, no deberá superar diez
años de servicio en dichas figuras, individualmente consideradas.
c) No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de funciones públicas.
Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.
3. Gestión y publicación de la convocatoria.
La convocatoria será publicada en la web del Área de Investigación y Transferencia
de la Universidad de Cádiz https://ugi.uca.es/recualificacion/ mediante Resolución del
Rector de la Universidad de Cádiz.
4. Solicitudes y plazo de presentación.
La presentación de solicitudes y el plazo de presentación serán indicados en la
convocatoria.
5. Plazo de ejecución.
El plazo final de ejecución de las actuaciones será hasta el 31 de diciembre de 2023,
sin bien, el plazo final de realización de las estancias será el 31 de diciembre de 2024. En
todo caso, la fecha de inicio de la estancia deberá estar comprendida dentro del plazo de
ejecución de las ayudas.

7. Recursos.
La convocatoria será resuelta por resolución rectoral, que pondrá fin a la vía
administrativa, los interesados podrán interponer, ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar
desde el día siguiente a la fecha de publicación de esta resolución, según disponen los
artículos 4.1, 8.3, 14 y 46.1 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00267934

6. Justificación.
Las personas que resulten beneficiarias ajustarán su ejecución y presentación de
documentación a los plazos que se establezcan para la certificación de estos fondos.