Autoridades y personal. Universidades. (2022/179-65)
Resolución de 7 de septiembre de 2022, de la Universidad de Almería, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en la Escala Técnica de Gestión de Sistemas e Informática de esta Universidad, mediante el sistema de acceso libre.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14591/2
Almería, sobre declaración de periodos inhábiles del año 2022, a efectos de cómputo de
plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito de la Universidad, así
como las sucesivas resoluciones que la Universidad de Almería dicte en regulación de
dicha materia.
1.8. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de
todos los actos integrantes de la presente convocatoria que así lo requieran se realizará
en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de
Almería o, según corresponda, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sustituyendo
estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos
efectos, atendiendo, en todo caso, a las normas de información en materia de Protección
de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería
(Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 2019) y rigiéndose por los Acuerdos del
Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar
en el modelo disponible en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos,
en la siguiente dirección:
https://www.ual.es/universidad/serviciosgenerales/recursoshumanos/convocatorias/
convocatorias-de-acceso-libre
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267866
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de
la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en
que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También
podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como
sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho,
menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente
se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España
en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título equivalente. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión del documento que acredite su
homologación o equivalencia con la titulación española exigida
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14591/2
Almería, sobre declaración de periodos inhábiles del año 2022, a efectos de cómputo de
plazos en los procedimientos señalados en la misma en el ámbito de la Universidad, así
como las sucesivas resoluciones que la Universidad de Almería dicte en regulación de
dicha materia.
1.8. De acuerdo con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la publicación de
todos los actos integrantes de la presente convocatoria que así lo requieran se realizará
en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos de la Universidad de
Almería o, según corresponda, en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, sustituyendo
estas publicaciones a la notificación personal a los interesados y surtiendo sus mismos
efectos, atendiendo, en todo caso, a las normas de información en materia de Protección
de Datos en los Procesos de Concurrencia Competitiva en la Universidad de Almería
(Consejo de Gobierno de 29 de octubre de 2019) y rigiéndose por los Acuerdos del
Consejo de Gobierno aplicables y demás normativa de general aplicación.
3. Solicitudes.
3.1. Quienes deseen tomar parte en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar
en el modelo disponible en la página web del Servicio de Gestión de Recursos Humanos,
en la siguiente dirección:
https://www.ual.es/universidad/serviciosgenerales/recursoshumanos/convocatorias/
convocatorias-de-acceso-libre
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267866
2. Requisitos de los aspirantes.
2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes
deberán reunir los requisitos generales de acceso a la función pública y, en particular:
a) Tener nacionalidad española o ser nacional de uno de los Estados miembros de
la Unión Europea, o nacional de aquellos Estados a los que, en virtud de los Tratados
Internacionales, celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, les sea de
aplicación la libre circulación de los trabajadores y las trabajadoras en los términos en
que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea. También
podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados
miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, así como
sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho,
menores de 21 años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas. Igualmente
se extenderá este derecho a las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los
tratados internacionales celebrados por la Comunidad Europea y ratificados por España
en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciséis años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.
d) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea
incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado para el desempeño
de las correspondientes funciones. Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española
deberán acreditar igualmente no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
f) Estar en posesión del título de Grado, Licenciado, Diplomado Universitario,
Ingeniero Técnico, Arquitecto Técnico o título equivalente. En el caso de titulaciones
obtenidas en el extranjero, deberán estar en posesión del documento que acredite su
homologación o equivalencia con la titulación española exigida
2.2. Todos los requisitos deberán poseerse en el día de finalización del plazo de
presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión
como funcionario de carrera.