Disposiciones generales. Consejería de Salud y Consumo. (2022/179-4)
Resolución de 12 de septiembre de 2022, de la Dirección General de Consumo, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales de Andalucía para la financiación de actuaciones de mantenimiento y funcionamiento de los servicios locales de consumo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, para el ejercicio 2022.
21 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14564/2
Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021 prorrogados para el ejercicio 2022 y por
una cuantía máxima de 775.200 €.
2. La distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo
en cuenta, de manera ponderada, el tamaño poblacional, el número de servicios locales
en materia de consumo existentes, así como el número de municipios en cada provincia,
conforme se dispone en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la orden de bases
reguladoras anteriormente referida, es la siguiente:
PROVINCIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL
CUANTÍA
75.794 €
86.093 €
99.202 €
96.522 €
76.815 €
76.184 €
120.064 €
144.526 €
775.200 €
Cuarto. Solicitudes y devolución voluntaria.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Orden de 27 de mayo de 2022,
las solicitudes de subvenciones se presentarán ajustándose a los formularios que constan
como Anexo I de la presente resolución y exclusivamente en el Registro Electrónico
único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica: www.juntadeandalucia.es/salud/consumo o en el Portal de la Administración
de la Junta de Andalucía.
La entidad beneficiaria podrá devolver, sin el previo requerimiento de la Administración,
las cantidades percibidas o el exceso obtenido sobre el coste total de la actividad
subvencionada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 quáter, del Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, solicitando para ello una carta de pago al
órgano o entidad concedente de la subvención y así poder efectuar la devolución o solicitar
la compensación o el aplazamiento y fraccionamiento. Cuando se produzca la devolución
voluntaria, la Administración calculará los intereses de demora hasta el momento en que se
produjo la devolución efectiva por parte de la entidad local beneficiaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
correspondiente extracto de la presente convocatoria.
Sexto. Órganos competentes.
Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento son los
establecidos en el apartado 13 del cuadro resumen.
Octavo. Notificación y publicación.
De conformidad con el artículo 21 de la Orden de 27 de mayo de 2022, los actos que
deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas y, en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267838
Séptimo. Resolución.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento, que pone
fin a la vía administrativa, será de tres meses a partir del día siguiente al de la finalización
del plazo para la presentación de solicitudes, conforme a lo dispuesto en el apartado 16
del cuadro resumen.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022
página 14564/2
Comunidad Autónoma de Andalucía para 2021 prorrogados para el ejercicio 2022 y por
una cuantía máxima de 775.200 €.
2. La distribución máxima del crédito a nivel provincial, que se ha realizado teniendo
en cuenta, de manera ponderada, el tamaño poblacional, el número de servicios locales
en materia de consumo existentes, así como el número de municipios en cada provincia,
conforme se dispone en el apartado 2.d) del cuadro resumen de la orden de bases
reguladoras anteriormente referida, es la siguiente:
PROVINCIA
ALMERÍA
CÁDIZ
CÓRDOBA
GRANADA
HUELVA
JAÉN
MÁLAGA
SEVILLA
TOTAL
CUANTÍA
75.794 €
86.093 €
99.202 €
96.522 €
76.815 €
76.184 €
120.064 €
144.526 €
775.200 €
Cuarto. Solicitudes y devolución voluntaria.
Conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Orden de 27 de mayo de 2022,
las solicitudes de subvenciones se presentarán ajustándose a los formularios que constan
como Anexo I de la presente resolución y exclusivamente en el Registro Electrónico
único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección
electrónica: www.juntadeandalucia.es/salud/consumo o en el Portal de la Administración
de la Junta de Andalucía.
La entidad beneficiaria podrá devolver, sin el previo requerimiento de la Administración,
las cantidades percibidas o el exceso obtenido sobre el coste total de la actividad
subvencionada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 124 quáter, del Decreto
Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General
de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, solicitando para ello una carta de pago al
órgano o entidad concedente de la subvención y así poder efectuar la devolución o solicitar
la compensación o el aplazamiento y fraccionamiento. Cuando se produzca la devolución
voluntaria, la Administración calculará los intereses de demora hasta el momento en que se
produjo la devolución efectiva por parte de la entidad local beneficiaria.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles a contar
desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
correspondiente extracto de la presente convocatoria.
Sexto. Órganos competentes.
Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento son los
establecidos en el apartado 13 del cuadro resumen.
Octavo. Notificación y publicación.
De conformidad con el artículo 21 de la Orden de 27 de mayo de 2022, los actos que
deban notificarse de forma conjunta a todas las personas o entidades interesadas y, en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267838
Séptimo. Resolución.
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución del procedimiento, que pone
fin a la vía administrativa, será de tres meses a partir del día siguiente al de la finalización
del plazo para la presentación de solicitudes, conforme a lo dispuesto en el apartado 16
del cuadro resumen.