3. Otras disposiciones. Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos. (2022/179-72)
Acuerdo de 13 de septiembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se afecta por mutación demanial externa al Ayuntamiento de Baena (Córdoba) el Silo de dicha localidad, sito en Avenida Padre Villoslada, núm. 55, con destino a Servicios Municipales para el arreglo y mantenimiento de caminos rurales y zonas verdes municipales y otros complementarios, por un plazo de 50 años.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 179 - Viernes, 16 de septiembre de 2022

página 14605/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y FONDOS EUROPEOS
Acuerdo de 13 de septiembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se
afecta por mutación demanial externa al Ayuntamiento de Baena (Córdoba) el
Silo de dicha localidad, sito en Avenida Padre Villoslada, núm. 55, con destino
a Servicios Municipales para el arreglo y mantenimiento de caminos rurales y
zonas verdes municipales y otros complementarios, por un plazo de 50 años.
El Ayuntamiento de Baena (Córdoba) ha solicitado la afectación, por mutación demanial
externa, del Silo de dicha localidad, sito en Avenida Padre Villoslada, núm. 55, con
destino a Servicios Municipales para el arreglo y mantenimiento de caminos rurales y
zonas verdes municipales y otros complementarios, por el plazo de 50 años.
La Consejería competente en materia de agricultura ha mostrado su conformidad con
la referida afectación en los términos que se establecen en el presente acuerdo.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Economía, Hacienda y Fondos Europeos,
y previa deliberación, el Consejo de Gobierno, en su reunión celebrada el día 13 de
septiembre de 2022,
ACUERDA
Primero. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 57.bis de la Ley 4/1986, de 5
de mayo, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía, afectar por mutación
demanial externa al Ayuntamiento de Baena (Córdoba) el Silo de dicha localidad, sito en
Avenida Padre Villoslada, núm. 55, con destino a Servicios Municipales para el arreglo y
mantenimiento de caminos rurales y zonas verdes municipales y otros complementarios.
Consta inscrito en el Registro de la Propiedad de Baena, al tomo 540, libro 400, folio
113, con el número de finca 14563, y con Referencia Catastral: 4148907UG8644N0001WG.
Se encuentra anotado en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad
Autónoma de Andalucía con el número 2000002247, con carácter demanial.
Esta afectación por mutación demanial se realiza por plazo de 50 años.
Segundo. Si el bien afectado no fuera destinado al uso público previsto o dejara de
destinarse posteriormente, se considerará resuelta la cesión y revertirá a la Comunidad
Autónoma de Andalucía, integrándose en su patrimonio con todas sus pertenencias,
accesiones y cuantas revalorizaciones se hubieran acometido por el Ayuntamiento en
el mismo, sin derecho a compensación alguna, teniendo la Comunidad Autónoma de
Andalucía, además, derecho a percibir del Ayuntamiento, previa tasación pericial, el valor
de los detrimentos o deterioros que hubiera causado.

Cuarto. El Ayuntamiento asumirá, por cuenta de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, el pago de las obligaciones tributarias que correspondan a esta como
propietaria del inmueble citado. En caso de incumplimiento, la deuda no asumida será
compensable con cargo a los créditos que el Ayuntamiento tenga reconocido en el Fondo
de Participación de las Entidades Locales en los tributos de la Comunidad Autónoma.
Asimismo, queda obligado a mantenerlo durante la vigencia de la afectación en
perfecta conservación, siendo responsable de los daños, detrimentos o deterioros
causados en el bien afectado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00267880

Tercero. El Ayuntamiento se obliga a asumir los gastos necesarios para el buen uso
del bien afectado, así como los de personal, el cual, una vez terminada la cesión, no
pasará a depender de la Junta de Andalucía.