Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/175-1)
Orden de 1 de septiembre de 2022, por la que se convoca la Línea 16 de subvenciones a entidades privadas para programas de atención integral dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del sistema de protección de menores, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022

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ANEXO I

5. CRITERIOS DE VALORACIÓN: INFORMACIÓN Y DATOS NECESARIOS PARA APLICARLOS CONFORME A LOS
CRITERIOS ESTABLECIDOS EN EL APARTADO 12 DEL CUADRO RESUMEN (Continuación)

g) Integración de la perspectiva de género. Se valorará si en el diagnóstico previo se contempla la situación de partida de hombres
y mujeres objeto de la actuación y se desagregan por sexo las personas destinatarias y los indicadores; la existencia de formación
en materia de género del personal que desarrollará el programa, así como la utilización de un lenguaje inclusivo, no sexista.

h) Especialización en la gestión de programas de similar naturaleza: se valorará si la entidad ha desarrollado el mismo programa
o programas de similar naturaleza
- Programa:
- Fecha/Año:

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

- Órgano/Administración que ha concedido la subvención:
i) Innovación. Se valorarán como innovadores los programas en los que se prevea implantar un nuevo, o significativamente
mejorado servicio, o bien una mejora en los procesos de gestión o un nuevo método organizativo en las prácticas internas de la
entidad que estén enfocados a desarrollar medidas o acciones incluidas en los planes estratégicos de atención a la infancia. Se
considerará asimismo como programa innovador aquel que se dirija a atender necesidades emergentes no cubiertas por el
sistema de de atención a la infancia.

j) Aspectos formales del programa presentado. Se valorará que el programa esté formulado de forma clara y concisa.

Criterio 5.2.3 Adecuación del presupuesto del programa a realizar (0-20 puntos):
a) Adecuación del presupuesto presentado por la entidad para la realización del programa.
a.1)Idoneidad de los recursos personales. Se evaluará si la entidad ha previsto razonadamente, y de acuerdo con los objetivos del
programa, los recursos personales necesarios y dispone de ellos, siendo adecuado el número de personas imputadas al
proyecto así como sus perfiles profesionales, teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
- Adecuación de los perfiles profesionales del personal que desarrollará el programa:

- Adecuación del número de profesionales y su dedicación al programa:

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

00267450

003519W

- Participación de personal voluntario adecuado al desarrollo del programa:

http://www.juntadeandalucia.es/eboja