Disposiciones generales. Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/175-1)
Orden de 1 de septiembre de 2022, por la que se convoca la Línea 16 de subvenciones a entidades privadas para programas de atención integral dirigidos a mujeres jóvenes procedentes del sistema de protección de menores, en régimen de concurrencia competitiva, en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2022.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 175 - Lunes, 12 de septiembre de 2022

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ANEXO I

4. DATOS SOBRE LA ACTIVIDAD, PROYECTO, COMPORTAMIENTO O SITUACIÓN PARA LA QUE SOLICITA
SUBVENCIÓN (Continuación)
4.10. PRESUPUESTO DEL PROGRAMA
4.10.1. A) GASTOS DE PERSONAL
Nº TOTAL DE Nº TOTAL DE TRABAJADORES/AS TIPO EMPLEO
Nº HORAS
PRESUPUESTO
TRABAJA(CONSOLIDADO/ TITULACIÓN/ SEMANALES Nº DE MESES
MENSUAL
OTROS NUEVA CREACIÓN) CATEGORIA IMPUTADAS IMPUTADOS (1 TRABAJADOR)
DORES/AS HOMBRES MUJER

TOTAL

SUBTOTAL PERSONAL (cuenta ajena)
4.10.1. B) GASTOS DE PERSONAL (arrendamiento de servicios):

PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA

CONCEPTO

TITULACIÓN/
CATEGORIA

Nº HORAS PRECIO UNITARIO/
IMPUTADAS
HORA

TOTAL

SUBTOTAL PERSONAL (arrendamiento de servicios)
TOTAL PERSONAL
4.10. 2. GASTOS CORRIENTES:
CONCEPTO

IMPORTE

A. DIETAS, GASTOS DE VIAJE Y DESPLAZAMIENTO (máx. 10% del importe solicitado a la CIPSC):
B. GASTOS REFERIDOS A LA ACTIVIDAD A DESARROLLAR:
B1. GASTOS GENERALES:
- Gastos necesarios para el cumplimiento de la legislación laboral vigente (planes de prevención de riesgos
laborales y otros)
- Alquiler de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de las actividades.
- Telefonía e Internet (hasta un máximo del 10% del total de la subvención solicitada y concedida):
- Suministros.
-Gastos necesarios de limpieza.
- Pólizas del seguro de las personas voluntarias que participen directamente en el programa solicitado (máx. 4
euros anuales por persona voluntaria).
- Pólizas de seguros de carácter general de los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de
las actividades, así como los correspondientes a responsabilidad civil y accidentes.
- Impuestos y tasas municipales que afecten a los bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo de
las actividades.

- Gestoría.
- Material fungible.
- Seguridad.
SUBTOTAL B.1.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00267450

003519W

- Gastos bancarios derivados de transferencias directamente relacionadas con la ejecución del programa.
- Conservación y reparación de bienes muebles y/o inmuebles necesarios para el desarrollo del programa
(hasta un máximo del 10% de la subvención concedida).
- Correos y mensajería.