3. Otras disposiciones. Consejería de Educación y Deporte. (2022/170-31)
Orden de 13 de junio de 2022, por la que se concede la autorización administrativa para su apertura y funcionamiento al centro docente privado de formación profesional «Medac Fátima» de Córdoba. (PP. 1486/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 5 de septiembre de 2022
página 10356/2
Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear:
Núm. de ciclos: 4
Grupos: 8
Puestos escolares: 240
Laboratorio clínico y biomédico:
Núm. de ciclos: 2
Grupos: 4
Puestos escolares: 120
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de centros docentes.
Cuarto. De conformidad con el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la
autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos
desde el inicio del curso escolar 2022/2023.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y
Deporte de Córdoba la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación
respectiva.
Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 13 de junio de 2022
MANUEL ALEJANDRO CARDENETE FLORES
00263650
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 5 de septiembre de 2022
página 10356/2
Imagen para el diagnóstico y medicina nuclear:
Núm. de ciclos: 4
Grupos: 8
Puestos escolares: 240
Laboratorio clínico y biomédico:
Núm. de ciclos: 2
Grupos: 4
Puestos escolares: 120
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea
y regula el Registro de centros docentes.
Cuarto. De conformidad con el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9 de junio, la
autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y administrativos
desde el inicio del curso escolar 2022/2023.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Educación y
Deporte de Córdoba la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación
respectiva.
Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante el Excmo. Sr. Consejero de Educación y
Deporte en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su notificación,
de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y 115.2 de la
Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, o recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, conforme a lo
establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de
la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 13 de junio de 2022
MANUEL ALEJANDRO CARDENETE FLORES
00263650
Consejero de Educación y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja