5. Anuncios. Ayuntamientos. (2022/170-50)
Anuncio de 17 de agosto de 2022, del Ayuntamiento de Vélez-Málaga, referente a la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de Secretario General del Pleno. (PP. 1989/2022).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 170 - Lunes, 5 de septiembre de 2022

página 13530/2

Podrán presentarse en el Registro Electrónico General de este Ayuntamiento o en
alguno de los lugares previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En la solicitud se expresará que el aspirante reúne todos y cada uno de los requisitos
exigidos en la convocatoria y deberá ir acompañada de una declaración responsable de
no estar incursos en ninguna de las situaciones recogidas en los apartados a), b) y c) del
artículo 36.2 del Real Decreto 128/2018.
2. Los interesados dirigirán sus solicitudes al Sr. Alcalde del Ayuntamiento de
Vélez-Málaga, acompañando currículum vitae comprensivo de los títulos académicos;
puestos desempeñados en la Administración Pública; experiencia profesional y servicios
prestados, cursos de formación; y cuantos otros méritos consideren relevantes para
acreditar su capacidad e idoneidad para el desempeño del puesto de trabajo convocado
con su correspondiente documentación acreditativa o declaración responsable de las
mismas.
Los méritos alegados deberán ser justificados y acompañados con la documentación
acreditativa correspondiente.
En relación con la documentación aportada y a efectos de la valoración de los méritos
alegados se podrá recabar de quienes participen cuantas aclaraciones o documentación
adicional se considere necesaria.
La presentación de la solicitud para participar en la provisión del puesto de trabajo al
que se refieren las presentes bases, comportará la plena aceptación de las mismas.
Cuarta. Admisión de aspirantes.
Concluido el plazo de presentación de solicitudes, se dará publicidad a la lista de
admitidos/as y excluidos/as en el apartado de empleo público de la sede electrónica,
quedando abierto un plazo de diez días para la subsanación de posibles defectos. En
caso de que no existan candidatos excluidos, se podrá prescindir, en su caso, de la
subsanación de posibles defectos.

Sexta. Toma de posesión.
El plazo para la toma de posesión en el nuevo destino será de tres días hábiles, si
se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o de un mes, si se trata de primer
destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00266821

Quinta. Resolución de la convocatoria y nombramiento.
En el plazo máximo de un mes desde la terminación del plazo de presentación
de solicitudes la Alcaldía-Presidencia resolverá motivadamente el proceso de libre
designación a favor del aspirante que considere más idóneo para el puesto de trabajo
en atención a la naturaleza de las funciones a desempeñar, previa constatación de la
concurrencia de los requisitos exigidos en la presente convocatoria y a la vista de la
trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes. La resolución se
motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato/a elegido, de los
requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, a la vista de la trayectoria
profesional y los méritos acreditados.
El/la funcionario/a será designado de conformidad con los principios de mérito y
capacidad, así como la apreciación discrecional por el órgano competente de la idoneidad
de los candidatos en relación con los requisitos exigidos para el desempeño del puesto
siendo de valoración positiva:
- Experiencia profesional en puestos en municipios de gran población.
- Formación y experiencia en contratación pública, servicios públicos, urbanismo,
funcionamiento de empresas y entes instrumentales y agenda 2030.
La resolución de la convocatoria se dará cuenta al Pleno de la Corporación y traslado
de la misma al órgano competente de la Comunidad Autónoma y al Ministerio de Hacienda
y Función Pública, para la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», conforme exige
el artículo 46.3 del Real Decreto 128/2018.