3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/168-34)
Resolución de 26 de agosto de 2022, de la Dirección General de Trabajo, Seguridad y Salud Laboral, por la que se garantiza el funcionamiento del servicio público prestado por la empresa FCC Medio Ambiente, S.A.U., concesionaria del servicio público de recogida de residuos sólidos urbanos y de limpieza viaria en el municipio de Almonte, mediante el establecimiento de los servicios mínimos.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 168 - Jueves, 1 de septiembre de 2022

página 13826/2

Se solicitó por correo electrónico propuesta de servicios mínimos a la empresa
y al Ayuntamiento de Almonte, puesto que la parte social adjuntaba su propuesta a la
convocatoria, cumpliendo de ese modo el preceptivo trámite de audiencia.
La propuesta del Comité de Huelga es: «Desde las 00:00 horas del día 1 de
septiembre hasta el 15 de septiembre sin servicios mínimos dado que la basura orgánica
que pudiera acumularse no produce ningún problema sanitario que pueda afectar a la
ciudadania. Durante el día 15 de septiembre recogida de basura orgánica en contenedores
correspondientes a la plaza del mercado de abastos y de los centros sanitarios en los
tres núcleos de población. 1 jornada laboral de 1 conductor y 2 peones con 1 camión.
El día 20 de septiembre recogida de basura orgánica resto de contenedores de los 3
núcleos poblacionales. 1 turno de trabajo, 3 camiones con 1 conductor y 2 peones por
cada camión. El día 25 recogida de basura orgánica de contenedores y la basura de
alrededor de los mismos en el suelo de los correspondientes a los centros sanitarios y
mercados de abastos de los 3 núcleos poblacionales. 1 turno de trabajo, 2 camiones con
1 conductor y 2 peones cada uno de ellos. El día 30 recogida de basura orgánica de la
basura en suelo que esté al lado de los contenedores en los 3 núcleos poblacionales.
1 turno de trabajo, 2 camiones dotados de 1 conductor y 2 peones. 1 camión de baldeo
de agua con lejía para la limpieza y desinfección de las zonas anexas a los contenedores
y dotado de 1 conductor y 1 peón para los 3 núcleos poblacionales. En el mes de octubre
se iniciaría el mismo ciclo que en el mes de septiembre».
La propuesta de la empresa es del 90% para la limpieza viaria y del 95% en la
recogida de residuos sólidos urbanos.
El Ayuntamiento no presentó propuesta de servicios mínimos.
Una vez examinadas las propuestas presentadas, la Delegación Territorial de esta
Consejería en Huelva remite la propuesta de servicios mínimos, que ha sido elaborada
teniendo en consideración los criterios que el Tribunal Constitucional en su Sentencias 11,
26 y 33/1981, 51/1986, 27/1989 y 43/1990 de 15 de marzo, ha sentado en materia de
huelga respecto a la fijación de los servicios esenciales de la comunidad, a esta Dirección
General con fecha 24 de agosto de 2022, que la considera adecuada y suficiente,
cuyo contenido consta en el anexo de esta resolución. En dichas sentencias se fijan
como criterios que exista una razonable proporción entre los servicios a imponer a los
huelguistas y los perjuicios que padezcan los usuarios de los servicios afectados por la
huelga, evitando que los servicios esenciales establecidos supongan un funcionamiento
normal del servicio y al mismo tiempo procurando que el interés de la comunidad sea
perturbado por la huelga solamente en términos razonables.
Teniendo en consideración lo expuesto por las partes afectadas, en el anexo de esta
resolución se concretan los servicios mínimos que se consideran adecuados para el
servicio de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza viaria en la huelga convocada
con carácter indefinido, desde las 00:00 horas del día 1 de septiembre de 2022, en la
localidad de Almonte, de la provincia de Huelva, para lo cual se han tenido en cuenta las
siguientes valoraciones específicas:

Segundo. El carácter indefinido de la huelga, por lo que la acumulación de residuos
en las vías públicas, y especialmente, materia orgánica susceptible de descomposición,
puede provocar la transmisión de enfermedades infecto-contagiosas, por la presencia
de insectos y roedores, y más teniendo en cuenta que los días de huelga se desarrollan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00267109

Primero. La importancia de los bienes y derechos constitucionales, antes citados,
susceptibles de ser afectados por la presente huelga, puesto que la empresa es
concesionaria del servicio público de recogida de residuos sólidos urbanos y limpieza
viaria. Esto es, la actividad que realiza la empresa se considera claramente un servicio
esencial para la comunidad, no existiendo alternativas al servicio prestado.