Autoridades y personal. Universidades. (2022/168-25)
Resolución de 22 de julio de 2022, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal laboral fijo de Administración y Servicios de la Universidad de Cádiz, mediante turno libre y por el procedimiento de consolidación de empleo temporal, de la categoría de Técnico Auxiliar de Biblioteca, Archivos y Museos.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 168 - Jueves, 1 de septiembre de 2022
página 13808/7
En caso de que el interesado no disponga de los medios electrónicos necesarios
para su identificación o firma electrónica podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia
en materia de Registro de la Universidad de Cádiz o presentar la solicitud en las formas
establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I
1. Experiencia profesional.
Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del
correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT, dentro del área
funcional y categoría profesional de la plaza convocada, o equivalente, conforme
a los criterios específicos que pueda establecer el Tribunal, según lo establecido a
continuación:
a. Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz: 0,86/365 puntos por día de
servicios prestados.
b. Por servicios prestados en otras Universidades Públicas: 0,34/365 puntos por día
de servicios prestados.
c. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 0,17/365 puntos por
día de servicios prestados.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial. La
acreditación de la experiencia se realizará con la presentación de los contratos y un
certificado de servicios previos de la Administración correspondiente.
El período máximo que se podrá valorar será de 7 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos.
2. Superación de ejercicios de procesos selectivos.
Se valorará la superación de ejercicios de la fase de oposición en convocatorias de
procesos selectivos de turno libre para el acceso a la categoría objeto de la convocatoria,
celebrado por la Universidad de Cádiz, según lo establecido a continuación:
a. Por superación de un ejercicio: 0,33 puntos.
b. Por superación de dos ejercicios: 0,67 puntos.
c. Por superación de tres o más ejercicios: 1 punto.
La puntuación máxima de este apartado será de 1 punto.
3. Formación.
Se valorará la formación en las funciones específicas de la categoría objeto de
convocatoria, así como la formación genérica y transversal relacionada con funciones
generales, obteniendo 0,70 puntos por cada curso realizado.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,50 puntos.
4. Titulación académica.
Por estar en posesión de titulación académica oficial superior a la exigida para el
ingreso en el correspondiente grupo profesional 1,50 puntos.
La puntuación global de la suma de los méritos de los apartados 2, 3 y 4 no podrá
superar los 4 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267093
VALORACIÓN DE MÉRITOS
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 168 - Jueves, 1 de septiembre de 2022
página 13808/7
En caso de que el interesado no disponga de los medios electrónicos necesarios
para su identificación o firma electrónica podrá ser asistido en las Oficinas de Asistencia
en materia de Registro de la Universidad de Cádiz o presentar la solicitud en las formas
establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las
resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la Ley del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
ANEXO I
1. Experiencia profesional.
Se valorará la prestación de servicios en el desempeño de funciones propias del
correspondiente puesto de trabajo, según lo establecido en la RPT, dentro del área
funcional y categoría profesional de la plaza convocada, o equivalente, conforme
a los criterios específicos que pueda establecer el Tribunal, según lo establecido a
continuación:
a. Por servicios prestados en la Universidad de Cádiz: 0,86/365 puntos por día de
servicios prestados.
b. Por servicios prestados en otras Universidades Públicas: 0,34/365 puntos por día
de servicios prestados.
c. Por servicios prestados en otras Administraciones Públicas: 0,17/365 puntos por
día de servicios prestados.
A los efectos de esta valoración, sólo se tendrá en cuenta la experiencia
acreditada mediante contrato laboral previsto en el Estatuto de los Trabajadores o en el
correspondiente Convenio Colectivo o relación funcionarial equivalente, no valorándose
otro tipo de vinculación que no sea con dicha relación contractual o funcionarial. La
acreditación de la experiencia se realizará con la presentación de los contratos y un
certificado de servicios previos de la Administración correspondiente.
El período máximo que se podrá valorar será de 7 años inmediatamente anteriores a
la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La puntuación máxima de este apartado será de 6 puntos.
2. Superación de ejercicios de procesos selectivos.
Se valorará la superación de ejercicios de la fase de oposición en convocatorias de
procesos selectivos de turno libre para el acceso a la categoría objeto de la convocatoria,
celebrado por la Universidad de Cádiz, según lo establecido a continuación:
a. Por superación de un ejercicio: 0,33 puntos.
b. Por superación de dos ejercicios: 0,67 puntos.
c. Por superación de tres o más ejercicios: 1 punto.
La puntuación máxima de este apartado será de 1 punto.
3. Formación.
Se valorará la formación en las funciones específicas de la categoría objeto de
convocatoria, así como la formación genérica y transversal relacionada con funciones
generales, obteniendo 0,70 puntos por cada curso realizado.
La puntuación máxima de este apartado será de 3,50 puntos.
4. Titulación académica.
Por estar en posesión de titulación académica oficial superior a la exigida para el
ingreso en el correspondiente grupo profesional 1,50 puntos.
La puntuación global de la suma de los méritos de los apartados 2, 3 y 4 no podrá
superar los 4 puntos.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267093
VALORACIÓN DE MÉRITOS