3. Otras disposiciones. Consejería de Desarrollo Educativo y Formación Profesional. (2022/167-19)
Resolución de 25 de agosto de 2022, de la Dirección General de Formación Profesional, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior correspondientes al curso académico 2020/2021.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 167 - Miércoles, 31 de agosto de 2022

página 13797/3

los Anexos I, II, la certificación oficial del expediente académico del título de Formación
Profesional de grado superior de cada persona candidata, donde debe constar la nota
media, consignada con dos cifras decimales, así como la documentación aportada por el
alumnado (artículo 4 de la misma).
d) Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano instructor hará pública
la relación de candidaturas admitidas y aquellas que queden excluidas, especificando el
motivo de su exclusión y el plazo para la subsanación de solicitudes. Dicha relación se
publicará en el tablón de anuncios de la Consejería de Desarrollo Educativo y Formación
Profesional y, a efectos meramente informativos, en el portal web de Formación Profesional
Andaluza de la citada Consejería.
e) En el plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación
de la lista provisional de candidaturas admitidas y excluidas, se podrán subsanar los
defectos que hayan motivado la exclusión de la solicitud, así como aportar a través del
Sistema de Información Séneca la documentación omitida.
f) Finalizado el plazo para la subsanación de solicitudes, el órgano instructor publicará
la nueva relación de solicitudes admitidas por los medios citados en el apartado d).

Quinto. Efectos de la obtención de los Premios Extraordinarios.
Las personas que resulten premiadas recibirán, además de la dotación económica
prevista en esta convocatoria, un diploma acreditativo de tal distinción, que será anotado
en su expediente académico mediante diligencia efectuada por la persona titular de la
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

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Cuarto. Jurado y criterios de selección.
1. El jurado para la valoración de los expedientes de las personas candidatas estará
compuesto por:
a) Presidencia:
Don Manuel Zulueta Castañeda. Inspección General de Educación.
Don José Francisco Pérez Aguilar. Inspección General de Educación (Suplente).
b) Vocalías:
Doña Zenaida González-Caballos Martínez. Jefa de Servicio de Diseño de Oferta y
Admisión.
Doña María del Carmen Valverde Urdiales. Jefa de Servicio de Ordenación y
Formación en Empresas (Suplente).
Doña María Angustias Pérez Huertas. Profesora de Formación Profesional.
Don José Luis Lizancos Berrio. Profesor de Formación Profesional (Suplente).
Don Rafael Jesús Melero Guillén. Profesor de Formación Profesional.
Doña María del Milagro Parrondo Baselga. Profesora de Formación Profesional
(Suplente).
Don Antonio Guerrero Bernabé. Inspector de Educación.
Don Victoriano Anguita López. Inspector de Educación (Suplente).
Doña Inmaculada Flores Peláez. Inspectora de Educación.
Don Julio Miguel Fuentes Sánchez. Inspector de Educación (Suplente).
c) Secretaría:
Don José Ramón Palma Quintana. Funcionario de la Dirección General de Formación
Profesional.
Don Óscar Manuel Blázquez Fernández. Funcionario de la Dirección General de
Formación Profesional (Suplente).
2. Los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de grado superior se
concederán teniendo en cuenta la mayor nota media del expediente académico,
aplicándose, si fuera necesario, los criterios de desempate descritos en el artículo 6 de
la citada Orden de 8 de junio de 2015, para lo cual se tendrán en cuenta los méritos
logrados en el periodo estipulado de realización del ciclo formativo en cuestión
(1 de septiembre de 2019 a 31 de diciembre de 2021).