Disposiciones generales. Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa. (2022/529-1)
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 29 - Martes, 30 de agosto de 2022
página 13887/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Constitución Española establece en su artículo 103.1 que la Administración Pública
sirve con objetividad a los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios
de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con pleno
sometimiento a la ley y al derecho. En esa misma línea, el artículo 133 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía dispone que la Administración de la Junta de Andalucía sirve
con objetividad al interés general y actúa de acuerdo con los principios, entre otros,
de eficacia, eficiencia, desconcentración y proximidad a los ciudadanos, así como que
desarrollará la gestión ordinaria de sus actividades a través de sus servicios centrales
y periféricos. Asimismo, los artículos 46 y 47 del Estatuto de Autonomía para Andalucía
atribuyen a la Comunidad Autónoma plenas competencias sobre la organización y
estructura de sus instituciones de autogobierno, y la estructura y regulación de los
órganos administrativos públicos de Andalucía.
La aprobación del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, ha de incidir en la organización territorial de la
Administración de la Junta de Andalucía, siendo preciso, pues, la adaptación a tal fin
del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Así, mediante el presente decreto se viene a ordenar los órganos de la Administración
territorial provincial de la Administración, así como a fijar sus competencias y atribuciones,
conforme a lo dispuesto en el Capítulo III del Título II de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía. Se cubre así una necesidad de orden
interno, siendo asimismo su aplicación una competencia exclusiva de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. En este sentido, la utilización del instrumento del decreto de
Consejo de Gobierno es el adecuado para garantizar la consecución de los objetivos que
la norma pretende, esto es, adecuar la ordenación de la estructura territorial provincial
de la Administración de la Junta de Andalucía al contenido del Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio. De este modo, no es precisa una evaluación sobre la existencia
de medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a
la ciudadanía, puesto que la norma no tiene incidencia en ellos. En consecuencia, el
presente decreto es el medio adecuado para establecer la regulación que se pretende
realizar, siendo asimismo proporcional al objetivo de la norma.
Por otro lado, la finalidad de la norma es generar para la administración periférica de
la Junta de Andalucía un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y cierto
que facilite su conocimiento y comprensión por parte de los órganos obligados a aplicarla,
permitiendo su toma de decisiones. Asimismo, la norma es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico y se integra armónicamente en éste, siendo el instrumento del
Decreto de Consejo de Gobierno el adecuado para su aprobación. Conviene señalar que,
dado que nos encontramos ante una norma de carácter organizativo, de desarrollo de la
organización territorial propia de la administración pública, durante su procedimiento de
elaboración se ha prescindido de la consulta pública previa y del trámite de información
pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por otro lado, este decreto no altera las distintas figuras ni el modelo de estructura
territorial que está establecido en la Administración de la Junta de Andalucía, conforme a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267170
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020,
de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 29 - Martes, 30 de agosto de 2022
página 13887/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO SOCIAL
Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
La Constitución Española establece en su artículo 103.1 que la Administración Pública
sirve con objetividad a los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios
de eficacia, jerarquía, descentralización, desconcentración y coordinación, con pleno
sometimiento a la ley y al derecho. En esa misma línea, el artículo 133 del Estatuto de
Autonomía para Andalucía dispone que la Administración de la Junta de Andalucía sirve
con objetividad al interés general y actúa de acuerdo con los principios, entre otros,
de eficacia, eficiencia, desconcentración y proximidad a los ciudadanos, así como que
desarrollará la gestión ordinaria de sus actividades a través de sus servicios centrales
y periféricos. Asimismo, los artículos 46 y 47 del Estatuto de Autonomía para Andalucía
atribuyen a la Comunidad Autónoma plenas competencias sobre la organización y
estructura de sus instituciones de autogobierno, y la estructura y regulación de los
órganos administrativos públicos de Andalucía.
La aprobación del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías, ha de incidir en la organización territorial de la
Administración de la Junta de Andalucía, siendo preciso, pues, la adaptación a tal fin
del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial
provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.
Así, mediante el presente decreto se viene a ordenar los órganos de la Administración
territorial provincial de la Administración, así como a fijar sus competencias y atribuciones,
conforme a lo dispuesto en el Capítulo III del Título II de la Ley 9/2007, de 22 de octubre,
de la Administración de la Junta de Andalucía. Se cubre así una necesidad de orden
interno, siendo asimismo su aplicación una competencia exclusiva de la Comunidad
Autónoma de Andalucía. En este sentido, la utilización del instrumento del decreto de
Consejo de Gobierno es el adecuado para garantizar la consecución de los objetivos que
la norma pretende, esto es, adecuar la ordenación de la estructura territorial provincial
de la Administración de la Junta de Andalucía al contenido del Decreto del Presidente
10/2022, de 25 de julio. De este modo, no es precisa una evaluación sobre la existencia
de medidas menos restrictivas de derechos o que impongan menos obligaciones a
la ciudadanía, puesto que la norma no tiene incidencia en ellos. En consecuencia, el
presente decreto es el medio adecuado para establecer la regulación que se pretende
realizar, siendo asimismo proporcional al objetivo de la norma.
Por otro lado, la finalidad de la norma es generar para la administración periférica de
la Junta de Andalucía un marco normativo estable, predecible, integrado, claro y cierto
que facilite su conocimiento y comprensión por parte de los órganos obligados a aplicarla,
permitiendo su toma de decisiones. Asimismo, la norma es coherente con el resto del
ordenamiento jurídico y se integra armónicamente en éste, siendo el instrumento del
Decreto de Consejo de Gobierno el adecuado para su aprobación. Conviene señalar que,
dado que nos encontramos ante una norma de carácter organizativo, de desarrollo de la
organización territorial propia de la administración pública, durante su procedimiento de
elaboración se ha prescindido de la consulta pública previa y del trámite de información
pública, conforme a lo dispuesto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Por otro lado, este decreto no altera las distintas figuras ni el modelo de estructura
territorial que está establecido en la Administración de la Junta de Andalucía, conforme a
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00267170
Decreto 300/2022, de 30 de agosto, por el que se modifica el Decreto 226/2020,
de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de
la Administración de la Junta de Andalucía.