3. Otras disposiciones. Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo. (2022/164-6)
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Empresa y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve el expediente de abstención que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 26 de agosto de 2022
página 13664/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Empresa
y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve el expediente de abstención que
se cita.
Visto el escrito presentado por doña Susana Romero Román, Directora General de
Trabajo Autónomo y Economía Social, de fecha 17 de agosto de 2022, por el que se
comunica a esta Secretaría General, su abstención de intervenir en los procedimientos
de tramitación de las subvenciones de la Línea 4, de promoción del trabajo autónomo,
reguladas en la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases
reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la
competitividad de las empresas de trabajo autónomo, así como en la tramitación de
cualquier acto o disposición administrativa de carácter general en la que sea parte
interesada o pueda verse afectada la Asociación Profesional de Trabajadores Autónomos
de Andalucía (ATA Andalucía), y de conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la abstención comunicada por doña Susana Romero Román,
Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social, para intervenir, en el ámbito
de las competencias que tiene atribuidas, en virtud del artículo 30 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como el
artículo 9 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en aquellas
actuaciones encaminadas a proponer o impulsar la tramitación de actos administrativos o
disposiciones de carácter general en las que sea parte interesada o pueda verse afectada
la Asociación Profesional de Trabajadores Autónomos de Andalucía; y con carácter
particular, aceptar la abstención para intervenir en los procedimientos de tramitación
de las subvenciones de la Línea 4, de promoción del trabajo autónomo, reguladas en
la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras
del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de
las empresas de trabajo autónomo, por concurrir, en ambos supuestos, en las causas
de abstención recogidas en los apartados b), c) y e) del artículo 23.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Los actos administrativos que se adopten en virtud de estas suplencias
deberán indicar expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 17 de agosto de 2022.- La Secretaria General, Adolfina Martínez Guirado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266944
Segundo. Aquellas actuaciones que, en el ámbito de su competencia, correspondieran
a la citada Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social, y concurran
los motivos de abstención referidos en el resuelve anterior, serán asumidas por esta
Secretaría General, de conformidad con lo previsto en los artículos 13.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 3.4 del Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 164 - Viernes, 26 de agosto de 2022
página 13664/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 17 de agosto de 2022, de la Secretaría General de Empresa
y Trabajo Autónomo, por la que se resuelve el expediente de abstención que
se cita.
Visto el escrito presentado por doña Susana Romero Román, Directora General de
Trabajo Autónomo y Economía Social, de fecha 17 de agosto de 2022, por el que se
comunica a esta Secretaría General, su abstención de intervenir en los procedimientos
de tramitación de las subvenciones de la Línea 4, de promoción del trabajo autónomo,
reguladas en la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases
reguladoras del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la
competitividad de las empresas de trabajo autónomo, así como en la tramitación de
cualquier acto o disposición administrativa de carácter general en la que sea parte
interesada o pueda verse afectada la Asociación Profesional de Trabajadores Autónomos
de Andalucía (ATA Andalucía), y de conformidad con el artículo 23.1 de la Ley 40/2015, de
1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
RESU ELVO
Primero. Aceptar la abstención comunicada por doña Susana Romero Román,
Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social, para intervenir, en el ámbito
de las competencias que tiene atribuidas, en virtud del artículo 30 de la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, así como el
artículo 9 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, en aquellas
actuaciones encaminadas a proponer o impulsar la tramitación de actos administrativos o
disposiciones de carácter general en las que sea parte interesada o pueda verse afectada
la Asociación Profesional de Trabajadores Autónomos de Andalucía; y con carácter
particular, aceptar la abstención para intervenir en los procedimientos de tramitación
de las subvenciones de la Línea 4, de promoción del trabajo autónomo, reguladas en
la Orden de 2 de diciembre de 2016, por la que se establecen las bases reguladoras
del Programa de apoyo a la creación, consolidación y mejora de la competitividad de
las empresas de trabajo autónomo, por concurrir, en ambos supuestos, en las causas
de abstención recogidas en los apartados b), c) y e) del artículo 23.2 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero. Los actos administrativos que se adopten en virtud de estas suplencias
deberán indicar expresamente esta circunstancia.
Sevilla, 17 de agosto de 2022.- La Secretaria General, Adolfina Martínez Guirado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266944
Segundo. Aquellas actuaciones que, en el ámbito de su competencia, correspondieran
a la citada Directora General de Trabajo Autónomo y Economía Social, y concurran
los motivos de abstención referidos en el resuelve anterior, serán asumidas por esta
Secretaría General, de conformidad con lo previsto en los artículos 13.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y 3.4 del Decreto 155/2022,
de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo,
Empresa y Trabajo Autónomo.