3. Otras disposiciones. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/162-20)
Resolución de 18 de mayo de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se concede autorización administrativa previa de la instalación eléctrica que se cita, en término municipal de Pinos Puente (Granada). (PP. 1318/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 162 - Miércoles, 24 de agosto de 2022

página 9398/2

Quinto. Durante el periodo de información pública se ha presentado escrito de
alegaciones por parte de la mercantil Watt Development SPV 4, S.L., habiendo mostrado
el promotor su conformidad a lo alegado por la citada mercantil.
Sexto. En fecha 5 de junio de 2021, esta Delegación solicitó al Ayuntamiento de Pinos
Puente para que, en el plazo de un mes, emitiera Informe de Compatibilidad Urbanística
a los efectos del artículo 42.3 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación
Urbanística de Andalucía, en su redacción dada por el Decreto-ley 2/2020, de 9 de marzo,
de mejora y simplificación de la regulación para el fomento de la actividad productiva
de Andalucía. Consta en el expediente Informe de Compatibilidad Urbanística de fecha
18.2.2022 y carácter favorable, así como certificado de exposición del anuncio en el
tablón de edictos municipal desde el día 15.11.2021 hasta el día 28.12.2021.
Séptimo. En fecha 3.5.2022 se recibe en esta Delegación Informe Preceptivo
Vinculante de la Delegación Territorial de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo
Sostenible, de fecha 29.4.2022, con número de expediente AAU/GR/043/20, de
autorización ambiental unificada a las plantas solares fotovoltaicas «Alambor Solar»,
«Cimera Solar» y «Coracha Solar» y sus infraestructuras de evacuación en los términos
municipales de Pinos Puente y Atarfe (Granada), promovidas por Coracha Solar, S.L.,
con CIF B-88.246.210, Alambor Solar, S.L., con CIF B-88.246.129, y Cimera Solar, S.L.,
con CIF B-88.246.202, con domicilio Social en C/ Cardenal Marcelo Spínola, núm . 4,
1.º D, 28016 Madrid, y se emite evaluación de impacto ambiental viable a la realización
de las actuaciones, concluyendo que no producirán impactos adversos significativos en
el medio ambiente, siempre y cuando se realicen en las condiciones señaladas en dicho
informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO

Segundo. La autorización administrativa de las instalaciones eléctricas de alta tensión
está regulada en el Título VII del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el
que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro
y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, Real Decreto
337/2014, de 9 de mayo, por el que aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión, el Real Decreto
223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento técnico de líneas de
alta tensión.
Tercero. El artículo 30.4 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, determina que las
instalaciones de generación de energía tendrá la consideración de actuaciones de
utilidad e interés general. A este respecto el artículo 32 establece el procedimiento de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

http://www.juntadeandalucia.es/eboja

00262731

Primero. Esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada
es competente para aprobar la autorización administrativa previa del anteproyecto
referenciado, según lo dispuesto en el artículo 49.1 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía aprobado por Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, el artículo 117 de la Ley
9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, el Decreto del
Presidente 3/2020, de 3 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de
Consejerías, el Decreto 116/2020, de 8 de septiembre, por el que se regula la estructura
orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación Europea, el Decreto 226/2020,
de 29 de diciembre, por el que se regula la organización territorial provincial de la
Administración de la Junta de Andalucía, así como la Resolución de 11 marzo de 2022,
de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias
en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.