Autoridades y personal. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/159-7)
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Viceconsejería, por la que se revoca la dictada con fecha 4 de julio de 2022, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación (BOJA núm. 132, de 12.7.2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 159 - Viernes, 19 de agosto de 2022
página 13459/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Viceconsejería, por la que se revoca
la dictada con fecha 4 de julio de 2022, por la que se anuncia convocatoria
pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación
(BOJA núm. 132, de 12.7.2022).
Mediante Resolución de 4 de julio de 2022 fue convocada la cobertura del puesto de
Auxiliar de Gestión (2320310), por el procedimiento de libre designación (BOJA núm. 132,
de 12 de julio).
Consultado el Sistema de Información de Recursos Humanos (SIRhUS), el modo de
acceso del citado puesto es por concurso (PC) no por libre designación.
El artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que «Las Administraciones Públicas
podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de
gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención
no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al
ordenamiento jurídico».
En base a lo anterior, se procede a la revocación de la Resolución de 4 de julio, por la
que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de
libre designación, publicada en el BOJA núm. 132, de 12 de julio, al ser el procedimiento
de cobertura del puesto de Auxiliar de Gestión (2020310) por concurso (con carácter
definitivo).
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada
directamente, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
en cuya circunscripción tenga el mismo su domicilio o ante el Juzgado de lo ConteciosoAdministrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el
día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, y 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00266747
Sevilla, 9 de agosto de 2022.- El Viceconsejero, Vicente José Pérez García de Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 159 - Viernes, 19 de agosto de 2022
página 13459/1
2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Resolución de 9 de agosto de 2022, de la Viceconsejería, por la que se revoca
la dictada con fecha 4 de julio de 2022, por la que se anuncia convocatoria
pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de libre designación
(BOJA núm. 132, de 12.7.2022).
Mediante Resolución de 4 de julio de 2022 fue convocada la cobertura del puesto de
Auxiliar de Gestión (2320310), por el procedimiento de libre designación (BOJA núm. 132,
de 12 de julio).
Consultado el Sistema de Información de Recursos Humanos (SIRhUS), el modo de
acceso del citado puesto es por concurso (PC) no por libre designación.
El artículo 109.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, establece que «Las Administraciones Públicas
podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de
gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención
no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al
ordenamiento jurídico».
En base a lo anterior, se procede a la revocación de la Resolución de 4 de julio, por la
que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo por el procedimiento de
libre designación, publicada en el BOJA núm. 132, de 12 de julio, al ser el procedimiento
de cobertura del puesto de Auxiliar de Gestión (2020310) por concurso (con carácter
definitivo).
La presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá ser recurrida
potestativamente en reposición ante este órgano en el plazo de un mes o ser impugnada
directamente, a elección del recurrente, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
en cuya circunscripción tenga el mismo su domicilio o ante el Juzgado de lo ConteciosoAdministrativo de Sevilla, en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el
día siguiente al de su notificación o, en su caso, publicación, de conformidad con lo
establecido en los artículos 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración
de la Junta de Andalucía, y 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos
8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
00266747
Sevilla, 9 de agosto de 2022.- El Viceconsejero, Vicente José Pérez García de Prado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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