3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/157-134)
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Tributos, Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego, por la que se autorizan las tarifas de autotaxis para el área de prestación conjunta del que forman parte los municipios de Granada, Cenes de la Vega, Pulianas, Peligros y Maracena. (PP. 1944/2022).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 157 - Miércoles, 17 de agosto de 2022
página 13126/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN EUROPEA
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis para el área de prestación
conjunta del que forman parte los municipios de Granada, Cenes de la Vega,
Pulianas, Peligros y Maracena. (PP. 1944/2022).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis para el Área de Prestación Conjunta del
que forman parte los municipios de Granada, Cenes de la Vega, Pulianas, Peligros y
Maracena que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
IVA INCLUIDO
TARIFA 1
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
EUROS
1,55
0,87
21,16
4,12
TARIFA 2
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
EUROS
1,96
1,10
26,48
5,12
TARIFA ESPECIAL NOCTURNA
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
EUROS
2,39
1,29
33,09
6,30
SUPLEMENTOS
Cada MALETA/BULTO...
SALIDA ESTACIONES
EUROS
0,51
0,51
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a
los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible
del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
BOJA
Número 157 - Miércoles, 17 de agosto de 2022
página 13126/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FINANCIACIÓN EUROPEA
Resolución de 2 de agosto de 2022, de la Dirección General de Tributos,
Financiación, Relaciones Financieras con las Corporaciones Locales y Juego,
por la que se autorizan las tarifas de autotaxis para el área de prestación
conjunta del que forman parte los municipios de Granada, Cenes de la Vega,
Pulianas, Peligros y Maracena. (PP. 1944/2022).
De acuerdo con la propuesta de resolución emitida al efecto y en virtud de lo dispuesto
en los artículos 4 y 9 del Decreto 365/2009, de 3 de noviembre, por el que se regulan
los procedimientos administrativos en materia de precios autorizados de ámbito local en
Andalucía, en relación con el artículo 9.3.e) del Decreto 116/2020, de 8 de septiembre,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea,
RESU ELVO
Primero. Autorizar las tarifas de autotaxis para el Área de Prestación Conjunta del
que forman parte los municipios de Granada, Cenes de la Vega, Pulianas, Peligros y
Maracena que a continuación se relacionan, ordenando su publicación en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
TARIFAS AUTORIZADAS
IVA INCLUIDO
TARIFA 1
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
EUROS
1,55
0,87
21,16
4,12
TARIFA 2
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
EUROS
1,96
1,10
26,48
5,12
TARIFA ESPECIAL NOCTURNA
BAJADA DE BANDERA
KILÓMETRO RECORRIDO
CADA HORA DE ESPERA
CARRERA MÍNIMA
EUROS
2,39
1,29
33,09
6,30
SUPLEMENTOS
Cada MALETA/BULTO...
SALIDA ESTACIONES
EUROS
0,51
0,51
Segundo. Esta resolución surtirá efectos desde el día en que se adopta,
independientemente de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía como requisito de publicidad. De la misma se deberá informar expresamente a
los usuarios del servicio, por los profesionales del sector, exhibiéndola en un lugar visible
del vehículo hasta tanto no se publique en el citado boletín.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
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