Disposiciones generales. Consejería de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad. (2022/153-2)
Resolución de 3 de agosto de 2022, del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades Locales Andaluzas para la realización de actuaciones en materia de Juventud, para el ejercicio 2022.
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Número 153 - Miércoles, 10 de agosto de 2022
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- La información aportada por la entidad no justifica suficientemente la necesidad de
intervención: de 0 a 2 puntos.
Criterio 2.1.b) Determinación de los objetivos del proyecto (de 0 a 4 puntos):
- Los objetivos se definen adecuadamente diferenciando entre objetivos generales y
operativos: de 3 a 4 puntos.
- Los objetivos están definidos de manera genérica y poco operativa : de 0 a 2 puntos.
Criterio 2.1.c) Número de personas jóvenes beneficiarias (de 0 a 4 puntos):
- El número de beneficiarios/as con participación activa en el proyecto o actividad es
igual o superior a 50: de 3 a 4 puntos.
- El número de beneficiarios/as con participación activa en el proyecto o actividad es
inferior a 50: de 1 a 2 puntos.
- El número de beneficiarios/as de campañas de divulgación, sensibilización,
prestación de servicios o participación pasiva en eventos del proyecto o actividad es igual
o superior a 250: de 3 a 4 puntos.
- El número de beneficiarios/as de campañas de divulgación, sensibilización,
prestación de servicios o participación pasiva en eventos del proyecto o actividad es
inferior a 250: de 1 a 2 puntos.
Criterio 2.1.d) Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados
para la consecución de los objetivos del proyecto (de 0 a 4 puntos):
- La información facilitada por la entidad solicitante detalla suficientemente los
recursos materiales, técnicos y personales previstos que se adecúan a la consecución de
los objetivos previstos y en el desarrollo y ejecución del proyecto se tiene previsto el uso
de las redes sociales en algunas de las distintas fases de desarrollo, (antes, durante y/o
después): 4 puntos.
- La información facilitada por la entidad solicitante detalla suficientemente los
recursos materiales, técnicos y personales previstos y se adecúan a la consecución de
los objetivos previstos: 3 puntos.
- La información facilitada por la entidad solicitante no detalla adecuadamente los
recursos materiales, técnicos y personales previstos para la consecución de los objetivos:
de 0 a 2 puntos.
Criterio 2.2. Grado de participación de los destinatarios (máximo 16 puntos):
El proyecto se encuadrará en alguna de las categorías que se relacionan a
continuación, teniendo cada una de ellas una puntuación máxima. En caso de que el
proyecto tenga varias fases y se pueda encuadrar cada una en distintas categorías, se
asignará la puntuación de cada fase en grado proporcional a su peso en la totalidad del
proyecto, sin que el total de la puntuación pueda superar los 16 puntos.
Criterio 2.2.a) Participación directa de las personas destinatarias en la programación
y ejecución de las actividades (máximo 16 puntos). Las personas destinatarias están
identificados como grupo y cuantificados por tramos de edad y sexo, participan activamente
en la programación y desarrollo del proyecto o de las actividades y son los/as beneficiarios/
as de las mismas.
Criterio 2.2.b). Participación pasiva de las personas destinatarias en campañas
de sensibilización y/o divulgación (máximo 12 puntos). La actividad va dirigida a un
colectivo de jóvenes de los que se aporta información general sobre edades, sexo y
otras circunstancias. Los destinatarios/as no participan en la programación y desarrollo
del proyecto o actividad, la cual tiene como objetivo cambiar actitudes y/o conductas en
relación a alguna cuestión.
Criterio 2.2.c). Las personas participantes son usuarias de un servicio que presta la
entidad solicitante (máximo 8 puntos). Las personas beneficiarias lo son de un servicio
que presta la entidad solicitante. Los destinatarios están identificados como grupo y
cuantificados por tramos de edad y sexo y no participan activamente en la programación
y desarrollo del proyecto, pero sí lo hacen de forma activa en las actividades y se
benefician de ellas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266367
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
página 13086/4
- La información aportada por la entidad no justifica suficientemente la necesidad de
intervención: de 0 a 2 puntos.
Criterio 2.1.b) Determinación de los objetivos del proyecto (de 0 a 4 puntos):
- Los objetivos se definen adecuadamente diferenciando entre objetivos generales y
operativos: de 3 a 4 puntos.
- Los objetivos están definidos de manera genérica y poco operativa : de 0 a 2 puntos.
Criterio 2.1.c) Número de personas jóvenes beneficiarias (de 0 a 4 puntos):
- El número de beneficiarios/as con participación activa en el proyecto o actividad es
igual o superior a 50: de 3 a 4 puntos.
- El número de beneficiarios/as con participación activa en el proyecto o actividad es
inferior a 50: de 1 a 2 puntos.
- El número de beneficiarios/as de campañas de divulgación, sensibilización,
prestación de servicios o participación pasiva en eventos del proyecto o actividad es igual
o superior a 250: de 3 a 4 puntos.
- El número de beneficiarios/as de campañas de divulgación, sensibilización,
prestación de servicios o participación pasiva en eventos del proyecto o actividad es
inferior a 250: de 1 a 2 puntos.
Criterio 2.1.d) Determinación de los instrumentos y recursos metodológicos utilizados
para la consecución de los objetivos del proyecto (de 0 a 4 puntos):
- La información facilitada por la entidad solicitante detalla suficientemente los
recursos materiales, técnicos y personales previstos que se adecúan a la consecución de
los objetivos previstos y en el desarrollo y ejecución del proyecto se tiene previsto el uso
de las redes sociales en algunas de las distintas fases de desarrollo, (antes, durante y/o
después): 4 puntos.
- La información facilitada por la entidad solicitante detalla suficientemente los
recursos materiales, técnicos y personales previstos y se adecúan a la consecución de
los objetivos previstos: 3 puntos.
- La información facilitada por la entidad solicitante no detalla adecuadamente los
recursos materiales, técnicos y personales previstos para la consecución de los objetivos:
de 0 a 2 puntos.
Criterio 2.2. Grado de participación de los destinatarios (máximo 16 puntos):
El proyecto se encuadrará en alguna de las categorías que se relacionan a
continuación, teniendo cada una de ellas una puntuación máxima. En caso de que el
proyecto tenga varias fases y se pueda encuadrar cada una en distintas categorías, se
asignará la puntuación de cada fase en grado proporcional a su peso en la totalidad del
proyecto, sin que el total de la puntuación pueda superar los 16 puntos.
Criterio 2.2.a) Participación directa de las personas destinatarias en la programación
y ejecución de las actividades (máximo 16 puntos). Las personas destinatarias están
identificados como grupo y cuantificados por tramos de edad y sexo, participan activamente
en la programación y desarrollo del proyecto o de las actividades y son los/as beneficiarios/
as de las mismas.
Criterio 2.2.b). Participación pasiva de las personas destinatarias en campañas
de sensibilización y/o divulgación (máximo 12 puntos). La actividad va dirigida a un
colectivo de jóvenes de los que se aporta información general sobre edades, sexo y
otras circunstancias. Los destinatarios/as no participan en la programación y desarrollo
del proyecto o actividad, la cual tiene como objetivo cambiar actitudes y/o conductas en
relación a alguna cuestión.
Criterio 2.2.c). Las personas participantes son usuarias de un servicio que presta la
entidad solicitante (máximo 8 puntos). Las personas beneficiarias lo son de un servicio
que presta la entidad solicitante. Los destinatarios están identificados como grupo y
cuantificados por tramos de edad y sexo y no participan activamente en la programación
y desarrollo del proyecto, pero sí lo hacen de forma activa en las actividades y se
benefician de ellas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266367
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía