Disposiciones generales. Presidencia. (2022/527-1)
Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 27 - Lunes, 8 de agosto de 2022
página 13146/1
1. Disposiciones generales
PRESIDENCIA
Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
distribuye entre los miembros de Consejo de Gobierno las correspondientes funciones
ejecutivas, conforme a lo establecido el artículo 118.4 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
La conveniencia de reforzar la seguridad jurídica en la aplicación de lo dispuesto
en el citado decreto y de garantizar la aplicación de lo establecido en el mismo hacen
necesario efectuar diversas precisiones.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.h) de la Ley 6/2006, de
24 de octubre,
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, queda modificado como sigue:
Uno. La Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo pasa a denominarse
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Dos. La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural pasa a denominarse
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Cuatro. El apartado 1 del artículo 2 queda redactado de la siguiente forma:
«1. Corresponden a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa las competencias que actualmente tiene atribuidas la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, salvo las relativas a
Administración Pública y coordinación de políticas migratorias.
Asimismo, se mantienen las competencias en materia de comunicación social y se
le asignan a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa la coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, la
simplificación administrativa, la gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación
internacional para el desarrollo, las relacionadas con el cumplimiento de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030, y las relaciones entre el Consejo
de Gobierno y el Parlamento de Andalucía. Se le asignan asimismo las competencias
en materia de transparencia que actualmente estaban asignadas a la Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y las competencias en materia de
economía digital que actualmente estaban asignadas a la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266430
Tres. La Consejería de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad pasa a
denominarse Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Extraordinario núm. 27 - Lunes, 8 de agosto de 2022
página 13146/1
1. Disposiciones generales
PRESIDENCIA
Decreto del Presidente 13/2022, de 8 de agosto, por el que se modifica el Decreto
del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías,
distribuye entre los miembros de Consejo de Gobierno las correspondientes funciones
ejecutivas, conforme a lo establecido el artículo 118.4 del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
La conveniencia de reforzar la seguridad jurídica en la aplicación de lo dispuesto
en el citado decreto y de garantizar la aplicación de lo establecido en el mismo hacen
necesario efectuar diversas precisiones.
En su virtud, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.1.h) de la Ley 6/2006, de
24 de octubre,
DISPONGO
Artículo único. Modificación del Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre
reestructuración de Consejerías.
El Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías, queda modificado como sigue:
Uno. La Consejería de Empleo, Empresas y Trabajo Autónomo pasa a denominarse
Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo.
Dos. La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural pasa a denominarse
Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural.
Cuatro. El apartado 1 del artículo 2 queda redactado de la siguiente forma:
«1. Corresponden a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y
Simplificación Administrativa las competencias que actualmente tiene atribuidas la
Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior, salvo las relativas a
Administración Pública y coordinación de políticas migratorias.
Asimismo, se mantienen las competencias en materia de comunicación social y se
le asignan a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación
Administrativa la coordinación del diálogo con los agentes económicos y sociales, la
simplificación administrativa, la gestión de las ayudas y coordinación de la cooperación
internacional para el desarrollo, las relacionadas con el cumplimiento de los Objetivos
de Desarrollo Sostenible (ODS) y la Agenda 2030, y las relaciones entre el Consejo
de Gobierno y el Parlamento de Andalucía. Se le asignan asimismo las competencias
en materia de transparencia que actualmente estaban asignadas a la Consejería de
Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local, y las competencias en materia de
economía digital que actualmente estaban asignadas a la Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266430
Tres. La Consejería de Integración Social, Juventud, Familias e Igualdad pasa a
denominarse Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.