Disposiciones generales. Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible. (2022/150-3)
Extracto de la Orden de 24 de julio de 2022, por la que se convocan para 2022 las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 5 de agosto de 2022
página 12917/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Extracto de la Orden de 24 de julio de 2022, por la que se convocan para 2022
las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan
las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la
conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la
ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022
(operación 10.2.1).
BDNS (Identif): 641048.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2022, la concesión de las subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de
los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1), en la cuantía máxima de 2.314.500,00 euros.
Las ayudas se financiarán al 75% con cargo al Fondo Europeo Agrícola y de
Desarrollo Rural (FEADER), 10,75% con cargo a la Administración General del Estado
y 14,25% con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las
partida presupuestaria de la anualidades 2023 y 2024 a las que se imputarán las ayudas
correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las
ayudas, será la siguiente:
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea de ayuda organizaciones de criadores
o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias
delegadas en la gestión de los libros genealógicos, que a fecha de la solicitud de ayudas,
se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la
creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de
mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional
de información ARCA, conforme al artículo 25 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de
diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y
fomento de las razas ganaderas.
Las organizaciones o asociaciones deberán ser de alguna de las razas siguientes:
- Especie bovina: Berrenda en colorado, Berrenda en negro, Cárdena andaluza,
Marismeña, Negra andaluza, Pajuna, Retinta, Lidia.
- Especie ovina: Churra lebrijana, Lojeña, Merina, Merina de Grazalema, Montesina,
Segureña, Merino Precoz.
- Especie caprina: Blanca andaluza, Blanca celtibérica, Florida, Malagueña, Murciano
granadina, Negra serrana, Payoya.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266197
1300110000 G/71B/78202/00 C14A1021G1 2016000430.
Importe máximo: 2.314.500,00 euros.
Distribución por anualidades:
2023: 2.000.000,00 euros.
2024: 314.500,00 euros.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 150 - Viernes, 5 de agosto de 2022
página 12917/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA
Y DESARROLLO SOSTENIBLE
Extracto de la Orden de 24 de julio de 2022, por la que se convocan para 2022
las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2016, por la que se regulan
las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva dirigidas a la
conservación y el uso y desarrollo sostenibles de los recursos genéticos en la
ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022
(operación 10.2.1).
BDNS (Identif): 641048.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de
17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el Extracto de la Convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans) y en el presente BOJA.
Primero. Convocatoria.
Se convocan para el año 2022, la concesión de las subvenciones en régimen de
concurrencia competitiva dirigidas a la conservación y el uso y desarrollo sostenibles de
los recursos genéticos en la ganadería, en el marco del Programa de Desarrollo Rural de
Andalucía 2014-2022 (operación 10.2.1), en la cuantía máxima de 2.314.500,00 euros.
Las ayudas se financiarán al 75% con cargo al Fondo Europeo Agrícola y de
Desarrollo Rural (FEADER), 10,75% con cargo a la Administración General del Estado
y 14,25% con cargo al Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Las
partida presupuestaria de la anualidades 2023 y 2024 a las que se imputarán las ayudas
correspondientes a esta convocatoria, así como la cuantía máxima destinada a las
ayudas, será la siguiente:
Segundo. Personas beneficiarias.
Podrán ser entidades beneficiarias de esta línea de ayuda organizaciones de criadores
o sus asociaciones miembros con ámbito de actuación en Andalucía y competencias
delegadas en la gestión de los libros genealógicos, que a fecha de la solicitud de ayudas,
se encuentren oficialmente reconocidas en el marco de la normativa vigente para la
creación o la gestión de los libros genealógicos y el desarrollo de los programas de
mejora, y cuyas explotaciones ganaderas se encuentran inscritas en el sistema nacional
de información ARCA, conforme al artículo 25 del Real Decreto 2129/2008, de 26 de
diciembre, por el que se establece el programa nacional de conservación, mejora y
fomento de las razas ganaderas.
Las organizaciones o asociaciones deberán ser de alguna de las razas siguientes:
- Especie bovina: Berrenda en colorado, Berrenda en negro, Cárdena andaluza,
Marismeña, Negra andaluza, Pajuna, Retinta, Lidia.
- Especie ovina: Churra lebrijana, Lojeña, Merina, Merina de Grazalema, Montesina,
Segureña, Merino Precoz.
- Especie caprina: Blanca andaluza, Blanca celtibérica, Florida, Malagueña, Murciano
granadina, Negra serrana, Payoya.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00266197
1300110000 G/71B/78202/00 C14A1021G1 2016000430.
Importe máximo: 2.314.500,00 euros.
Distribución por anualidades:
2023: 2.000.000,00 euros.
2024: 314.500,00 euros.