3. Otras disposiciones. Consejería de Hacienda y Financiación Europea. (2022/120-30)
Resolución de 13 de junio de 2022, de la Dirección General de Contratación, por la que se modifica la declaración de necesaria uniformidad de los servicios de gestión de reservas de títulos de viaje, alojamientos, servicios complementarios y gestión de organización de eventos con destino a la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 24 de junio de 2022

página 10425/2

En virtud de lo anterior, el 14 de julio de 2020 (BOJA número 134), se publicó Resolución
de 2 de julio de 2020, por la que se declaró la necesaria uniformidad de lo servicios de
gestión de reservas de títulos de viaje, alojamientos, servicios complementarios y gestión
de organización de eventos con destino a la Administración de la Junta de Andalucía y
sus entidades instrumentales.
Desde la publicación de la citada Declaración y tras la formalización del acuerdo
marco de homologación de los servicios de gestión de reservas de títulos de viaje,
alojamientos, servicios complementarios y gestión de organización de eventos con
destino a la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales el
día 7 de febrero de 2022, y atendiendo a las especificaciones recogidas en los pliegos
reguladores del mismo, se dictó la Instrucción 1/2022, de 19 de mayo, por la Dirección
General de Contratación, relativa a la tramitación y gestión derivada de los contratos
basados en el citado acuerdo marco, con el ánimo de aclarar las situaciones que no
quedan sujetas al ámbito de aplicación del mismo ante las diversas necesidades de la
Administración.
En consecuencia, en virtud de lo establecido en el artículo 36 de citado Decreto
39/2011, de 22 de febrero, y en uso de las facultades que me confiere la legislación
vigente sobre contratación pública,

Primero. Modificar la declaración de necesaria uniformidad de los servicios de
gestión de reservas de títulos de viaje, alojamientos, servicios complementarios y gestión
de organización de eventos con destino a la Administración de la Junta de Andalucía y
sus entidades instrumentales, que queda redactada en los siguientes términos:
Se declaran de necesaria uniformidad, para la utilización común por la Administración
de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, los servicios definidos en los
pliegos reguladores del acuerdo marco de homologación de referencia, en virtud de las
aclaraciones formuladas en la citada Instrucción 1/2022, de 19 de mayo, de la Dirección
General de Contratación, en relación con los siguientes:
1. Servicios de información, reserva, confirmación y emisión de títulos de transporte
en los siguientes medios: avión, tren AVE, tren convencional, barco y autobús.
2. Servicios complementarios del anterior, considerando como tales al alquiler de
vehículos vinculados a la realización de los viajes y la obtención de visados para aquéllos
países que así lo exijan.
3. Servicios de reservas de alojamiento vinculadas a la realización de los viajes
definidos en el apartado 1.
4. Servicios de gestión de organización de eventos (congresos, seminarios,
reuniones…), siempre que los mismos sean organizados y financiados por los organismos
que forman parte de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades
instrumentales.
No obstante, en relación con los cuatros servicios que se acaban de relacionar,
quedan excluidas de la presente declaración:
1. La atención protocolaria o de representación.
2. La organización de actividades, viajes o asimilados para determinados colectivos
(cursos de idiomas, viajes de estudios, transporte escolar, juegos deportivos, etc.).
Se contempla una exclusión en términos abiertos. La imposibilidad de concretar los
supuestos de exclusión en una lista tasada y cerrada, deriva de la amplitud de actividades
prestacionales, de servicio público u orientadas al ejercicio de potestades públicas que
llevan a cabo las entidades sujetas al presente acuerdo marco. Ciertamente, en muchos
casos, el ejercicio de esas potestades, actuaciones o servicios demandará la contratación

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X

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00263730

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