5. Anuncios. Consejería de la Presidencia, Administración Pública e Interior. (2022/120-49)
Anuncio de 6 de junio de 2022, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Sevilla, por el que se publica la resolución por la que se concede a favor de la mercantil Desarrollos Fotovoltaicos Ibéricos 2, S.L., autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica que se cita, y ubicada en el término municipal de Carmona (Sevilla), y a efectos de la solicitud de autorización ambiental unificada. (PP. 1410/2022).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 24 de junio de 2022
página 9893/6
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
• Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las
competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que
las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para
concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
• El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en
el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente
acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda
entrar en funcionamiento.
• Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos
técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su
explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008,
de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias ITC-LAT 1 a 9, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo,
por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias ITC-RAT 1 a 23, y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la
que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas
andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica
Componentes (ITC-FV-04) de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se
aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.
• La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier
momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y
civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.
• El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de
los condicionados que han sido establecidos por administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos
por los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de
ordenación del territorio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263183
• Final: Apoyo 1 paso aéreo-subterráneo de línea de evacuación compartida, objeto
de proyecto y tramitación independiente.
• Tensión: 15 kV.
• Categoría: Tercera.
• Longitud: 558 metros.
• Tipo: Subterránea, simple circuito, XLPE 12/20 kV 1x240AL.
• Frecuencia: 50 Hz.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 120 - Viernes, 24 de junio de 2022
página 9893/6
Segundo. Esta autorización se concede de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
general de aplicación derivada de la Ley 24/2013, y en particular según se establece en
el R.D. 1955/2000, así como en el R.D. 413/2014, debiendo cumplir las condiciones que
en los mismos se establecen, teniendo en cuenta lo siguiente antes de proceder a la
puesta en servicio de la instalación:
• Esta autorización se otorga a reserva de las demás licencias o autorizaciones
necesarias de otros organismos, y solo tendrá validez en el ejercicio de las
competencias atribuidas a esta Delegación. Y quedará sin efecto en el caso de que
las autorizaciones o derechos (de acceso y conexión) que han sido preceptivas para
concederla caduquen o bien queden igualmente sin efecto.
• El período de tiempo en el cual está prevista la ejecución de la instalación, y su
correspondiente puesta en servicio, deberá ajustarse a los plazos establecidos en
el Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en
materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.
• El titular de la citada instalación dará cuenta de la terminación de las obras a esta
Delegación, a efectos de reconocimiento definitivo y emisión de la correspondiente
acta de puesta en servicio, hecho este imprescindible para que la instalación pueda
entrar en funcionamiento.
• Se cumplirán las condiciones técnicas y de seguridad dispuestas en los Reglamentos
técnicos vigentes que le son de aplicación durante la ejecución del proyecto y en su
explotación. En particular, el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se
aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión, Real Decreto 223/2008,
de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas
y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones
técnicas complementarias ITC-LAT 1 a 9, Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo,
por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de
seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas
Complementarias ITC-RAT 1 a 23, y la Orden de 26 de marzo de 2007, por la
que se aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas
andaluzas, modificada por Resolución de 26 de marzo de 2018, de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas, por la que se modifica la Instrucción Técnica
Componentes (ITC-FV-04) de la Orden de 26 de marzo de 2007, por la que se
aprueban las especificaciones técnicas de las instalaciones fotovoltaicas andaluzas.
• La Administración podrá dejar sin efecto la presente resolución en cualquier
momento en que observe el incumplimiento de las condiciones impuestas en ella.
En tales supuestos, la Administración, previo el oportuno expediente, acordará la
anulación de la autorización con todas las consecuencias de orden administrativo y
civil que se derive, según las disposiciones legales vigentes.
• El titular de la instalación tendrá en cuenta, para su ejecución, el cumplimiento de
los condicionados que han sido establecidos por administraciones, organismos,
empresas de servicio público o de interés general, y en particular los establecidos
por los órganos competentes en materias medio ambiental, urbanística y de
ordenación del territorio.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X
http://www.juntadeandalucia.es/eboja
00263183
• Final: Apoyo 1 paso aéreo-subterráneo de línea de evacuación compartida, objeto
de proyecto y tramitación independiente.
• Tensión: 15 kV.
• Categoría: Tercera.
• Longitud: 558 metros.
• Tipo: Subterránea, simple circuito, XLPE 12/20 kV 1x240AL.
• Frecuencia: 50 Hz.